Desde el 14 de febrero peruanos y extranjeros no pueden contratar más de siete líneas móviles

El gobierno ha aprobado un decreto legislativo para frenar la extorsión, limitando la cantidad de números que puede tener una persona. La medida ya entrará en vigencia

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Las estadísticas muestran que las horas matutinas y el primer día de la semana concentran la mayoría de las denuncias de sustracción de equipos móviles, con cifras que superan los mil reportes al día
Perú instaura un límite para las líneas móviles que puedan contratar los usuarios. - Crédito Andina

Medida urgente. El Gobierno aprobó el decreto legislativo Nº 1338, el cual crea el Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la seguridad. Este está “orientado a la prevención y combate del comercio ilegal de equipos terminales móviles y al fortalecimiento de la seguridad ciudadana”. Con esto, se hizo efectivo que, desde el 14 de febrero, un límite a la cantidad de líneas móviles que tengan las personas en Perú.

“Toda persona natural, nacional o extranjera, puede mantener registrado bajo su titularidad hasta un máximo de siete (7) servicios públicos móviles, con independencia de la empresa operadora que preste el servicio, salvo que en el Reglamento se prevea alguna excepción”, aclara la norma.

La medida va claramente dirigida a prevenir la extorsión. Pero también señala que si una persona ya tiene más de siete líneas móviles a su nombre, desde el 14 de febrero no puede contratar más.

De acuerdo con Osiptel, Bitel lidera la cobertura móvil en zonas pobladas con 81,69%, seguida por Movistar con 66,99%, Claro con 20,91% y Entel con 3,02%
Osiptel asegurar que las empresas operadoras apliquen la norma correctamente. - Crédito Osiptel

El rol de Osiptel

Desde el14 de febrero los usuarios en Perú no pueden sacar más de siete líneas móviles a su nombre. Esto detalla el nuevo decreto legislativo del gobierno de José Jerí.

Asimismo, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) se encargará de verificar la cantidad de servicios públicos móviles registrados bajo la titularidad de la persona natural y, conforme a ello, en caso exceda el límite establecido, solicitará a la empresa operadora que presta dicho servicio que proceda a la baja de estos.

Desde el lado de las empresas operadoras, estas deberán dar de baja a los servicios públicos móviles que excedan el límite establecido conforme al plazo y procedimiento establecido por el Osiptel. Este permitirá que los usuarios puedan definir qué líneas desean mantener.

Mano cambiando SIM chip de celular
La medida iría en contra de la compra de chips irregular y desmedida. - Crédito El cordillerano

Asimismo, inclusive cuando un usuario esté por contratar una línea móvil, las operadoras deberán verificar la cantidad de servicios públicos móviles que la persona natural que solicita el servicio mantiene bajo su titularidad.

¿Y los que ya tengan más de siete líneas?

Sin embargo, la nueva norma no señala si habrá alguna medida contra los que antes del 14 de febrero tengan más de siete líneas móviles a su nombre. El decreto solo menciona que estos sí podrán mantener las líneas que ya contrataron.

“La persona natural que (...) tenga registrado bajo su titularidad más de siete servicios públicos móviles, puede mantenerlos, y queda impedida de contratar servicios públicos móviles adicionales”, aclara la medidad.

Decreto Supremo establece coordinación entre Osiptel, PNP y Ministerio Público para frenar activaciones ilegales de líneas móviles. (Foto: Difusión)
La venta ilegal de chips en la calle es un problema creciente. Pero el gobierno la limita con esta nueva Ley. - Crédito Difusión

Es decir, si algún extorsionador tuviera más de siete líneas móviles a su nombre, podrá seguir manteniéndolas. Esta Ley no detalla cómo se actuará frente a estos casos.

Es más, en el Reglamento que deberá salir del Decreto Legislativo Nº 1338 se podría inclusive aplicar alguna excepción para el contrato de mayores líneas móviles.

Se sancionará con infracción

Asimismo, el decreto señala que “el incumplimiento de las disposiciones establecidas en los artículos 8, 8-A y 8-D del presente Decreto Legislativo y su reglamento constituyen infracción administrativa”.

De esta manera, recaerá en el Osiptel la facultad sancionadora y el establecimiento de la tipificación de las infracciones y sanciones administrativas, en el ejercicio de sus funciones como organismo regulador en materia de telecomunicaciones, y de conformidad con el marco legal vigente.

¿Tienes líneas a tu nombre?

Para verificar si existen líneas de telefonía móvil registradas a tu nombre en Perú, debes acceder a la herramienta digital de OSIPTEL denominada “Checa tus líneas”. Una vez en el portal oficial, solo necesitas seleccionar tu tipo de documento (DNI, carné de extranjería o pasaporte) e ingresar el número correspondiente para que el sistema despliegue de inmediato una lista con todas las empresas operadoras donde figuran servicios bajo tu titularidad. Es una medida de seguridad fundamental para detectar posibles contrataciones no autorizadas y, en caso de encontrar un número que no reconozcas, puedas iniciar el procedimiento de cuestionamiento de titularidad ante la empresa operadora.

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