
El Poder Judicial confirmó la condena contra Miguel Saldaña, exalcalde del distrito de Comas, por haber autorizado la construcción de un centro comercial sin cumplir con los requisitos técnicos exigidos por ley. El fallo ratifica una pena de cuatro años por el delito de negociación incompatible, en un caso que expone graves irregularidades en la gestión municipal y el uso indebido del cargo público para favorecer intereses privados.
La decisión judicial se sustenta en una investigación que reveló que la habilitación urbana y la licencia de edificación del Mall Plaza Comas fueron aprobadas sin estudios de impacto ambiental ni vial, documentos obligatorios para este tipo de proyectos de gran escala.
Una condena ratificada en segunda instancia
La confirmación de la sentencia fue obtenida por la Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima Norte, bajo la conducción de la fiscal superior María del Carmen Ruiz Hurtado. El fallo ratifica la responsabilidad penal de Miguel Saldaña por hechos ocurridos durante su gestión municipal.
Junto al exalcalde, también fueron condenados en segunda instancia Jorge Ávalos, exsubgerente de Planeamiento Urbano; Juan Amésquita, exsubgerente de Obras Privadas; y Lourdes Sánchez y Alejandro Odar, exservidores municipales. Todos recibieron la misma pena de cuatro años por el delito de negociación incompatible, en agravio de la Municipalidad Distrital de Comas.
La sentencia de primera instancia había sido emitida en septiembre de 2025, luego de una investigación a cargo de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima Norte (Segundo Despacho).

El origen del caso
Los hechos se remontan al año 2017, cuando la empresa Mall Plaza Inmobiliaria S.A. solicitó la habilitación urbana para uso comercial y la licencia de edificación del centro comercial Mall Plaza Comas. Según la investigación fiscal, el trámite fue acelerado de manera irregular y recibió un tratamiento favorable por parte de las autoridades municipales.
La fiscal adjunta superior Leidy Diana Cherrapano Collantes demostró que los funcionarios aprobaron el proyecto sin exigir los estudios de impacto ambiental y vial, pese a que la normativa los establece como requisitos indispensables para este tipo de infraestructura.
Estas omisiones no solo vulneraron la legalidad del procedimiento administrativo, sino que comprometieron la seguridad, el orden urbano y el interés público en una zona de alta densidad poblacional.

Interés indebido y roles específicos
Durante el proceso judicial también se acreditó que la empresa entregó 200 toneladas de rocas a la Municipalidad de Comas para la ejecución de obras de prevención en el río Chillón. Para la Fiscalía, este hecho evidenció la existencia de un interés indebido que comprometió la transparencia y objetividad del trámite municipal.
Cada uno de los sentenciados tuvo un rol específico en los actos ilícitos. Miguel Saldaña omitió ejercer el control que le correspondía como alcalde; Jorge Ávalos firmó la aprobación de la habilitación urbana; Juan Amésquita autorizó la licencia de edificación; mientras que Lourdes Sánchez y Alejandro Odar elaboraron los informes técnicos que favorecieron el proyecto, pese a la ausencia de estudios obligatorios.
Si bien la pena privativa de libertad fue modificada por el Poder Judicial, estableciéndose 156 jornadas de trabajo comunitario, la sentencia mantiene sanciones clave. Los condenados fueron inhabilitados por cinco años para ejercer cualquier cargo público y deberán pagar de manera solidaria una reparación civil de S/ 25 000 al Estado.
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