¡Atención! Sunat inicia inscripción automática en el RUC de personas naturales que superen este monto en sus cuentas: van 9.000 en 10 días

El reciente procedimiento de inscripción ha motivado a miles de ciudadanos a cumplir voluntariamente con sus obligaciones tributarias, pero existe un grueso que todavía no se ha enterado

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SUNAT. (Foto: El Peruano)
La SUNAT inicia la inscripción de oficio en el RUC para cerca de 9.000 personas naturales en Perú.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) anunció que, a partir del 31 de octubre, inició el procedimiento de inscripción de oficio en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) para cerca de 9.000 personas naturales.

Esta acción, basada en la información registrada en la entidad y en datos proporcionados por terceros, se implementa conforme a lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N.º 000130-2024/SUNAT, publicada a fines de junio del año pasado.

La medida tiene como objetivo identificar y formalizar a los ciudadanos que, por sus actividades financieras y patrimoniales, están obligados por ley a inscribirse en el RUC, pero no han realizado el trámite dentro de los plazos establecidos.

Sunat inicia inscripción de oficio en el RUC para 9.000 personas

El marco normativo vigente establece claramente los supuestos que obligan a las personas naturales a inscribirse en el RUC. Entre ellos se encuentran quienes sean propietarios de cinco o más predios cuyo valor conjunto exceda las 126 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), hoy equivalentes a más de S/650.000, de acuerdo con los valores referenciales vigentes.

También están incluidas aquellas personas que posean acciones o participaciones en sociedades, peruanas o extranjeras, por un valor total superior a las 100 UIT, o que hayan efectuado adquisiciones de bienes sujetos al régimen de percepciones del impuesto general a las ventas (IGV) con importes que superen las 10 UIT.

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La inscripción en el RUC es obligatoria para quienes poseen cinco o más predios con valor superior a 126 UIT.

SUNAT: formalización tributaria avanza con inscripción automática en el RUC

Otra causal de inscripción corresponde a quienes hayan percibido intereses por depósitos en cuentas del sistema financiero cuyos saldos acumulados al año sobrepasen las 300 UIT. Asimismo, la normativa contempla el caso de las personas naturales que, en el año 2024, realizaron operaciones comerciales relevantes con entidades financieras o de seguros.

Estas acciones pudieron ser la obtención de créditos corporativos por montos superiores a 10 UIT o la contratación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) para vehículos de transporte de carga pesada, específicamente las categorías N2 y N3, referidas a camiones de carga.

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La estrategia de SUNAT busca ampliar la base tributaria y fortalecer la equidad y eficiencia del sistema fiscal peruano.

La disposición faculta a la SUNAT para llevar a cabo la inscripción de oficio en el RUC de las personas que, encontrándose dentro de los supuestos detallados, no cumplieron con el trámite de inscripción voluntaria, incluso tras ser notificadas.

Con este mecanismo, la entidad busca ampliar la formalización de sectores económicos con alto movimiento patrimonial o financiero, que hasta la fecha podrían haber permanecido fuera del ámbito formal por falta de cumplimiento tributario.

¿Quiénes deberán inscribirse obligatoriamente en el RUC?

La SUNAT ha establecido diversos supuestos que obligan a las personas naturales a inscribirse en el RUC. Los límites económicos para cada caso se calculan utilizando el valor actual de la UIT, que en 2025 es de S/5.350. A continuación, los montos específicos para cada supuesto que exige la inscripción obligatoria en el RUC:

  • Ser propietario de cinco o más predios cuyo valor conjunto supere las 126 UIT: S/674.100
  • Poseer acciones o participaciones en sociedades cuyo valor total exceda las 100 UIT: S/535.000
  • Haber realizado adquisiciones de bienes sujetas al régimen de percepciones del IGV (como los combustibles) que superen las 10 UIT: S/53.500
  • Haber percibido intereses por depósitos en cuentas del sistema financiero cuyos saldos acumulados superen las 300 UIT: S/1 millón 605.000
  • Obtener créditos corporativos mayores a 10 UIT: S/53.500
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¿Mantienes créditos corporativos? La inscripción en el RUC permite la trazabilidad de operaciones y la acreditación tributaria de los contribuyentes.

Más de 14.000 regularizan su situación fiscal tras nueva estrategia de Sunat

Pero no a todos les cae la noticia de improviso. Desde la puesta en marcha, más de 14.000 personas naturales han decidido regularizar su situación e inscribirse de manera voluntaria en el RUC, lo que constituye un avance concreto hacia la ampliación de la base tributaria nacional y la promoción de una cultura de cumplimiento fiscal, según SUNAT.

Este proceso, según comunicó la administración tributaria, responde a una estrategia permanente orientada a fortalecer la equidad y eficiencia del sistema fiscal peruano, garantizando así que todos los contribuyentes participen en igualdad de condiciones en el sostenimiento de los servicios públicos y las obligaciones del Estado.

La entidad recordó que la inscripción en el RUC constituye el primer paso hacia la formalización integral de las actividades económicas, permitiendo la correcta identificación de los sujetos obligados, la acreditación tributaria y la trazabilidad de operaciones.