
El fiscal superior Rafael Vela ganó de manera definitiva la demanda contra la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público que dirige el jefe nacional Juan Fernández Jerí. El Poder Judicial confirmó la sentencia que anula la suspensión de 8 meses y 15 días que se le impuso en octubre de 2024.
Como se recuerda, Vela fue sancionado por criticar que una de Sala de Apelaciones Nacional liberara a Keiko Fujimori en abril de 2020. En su declaración denunciaba un “tratamiento privilegiado”, un “trámite atípico”, y un “resultado que estaba decidido” antes de la audiencia.
Para la Primera Sala Constitucional de Lima, que el coordinador del Equipo Especial Lava Jato haya sido suspendido por esta declaración vulnera el derecho a la crítica de las resoluciones judiciales, sobre todo si “es parte en el proceso penal y no aquel que resolverá el conflicto”.
“Al haber sido emitidas contra los jueces a cargo del proceso, su derecho al honor y reputación e imagen se relativizan por su condición de funcionarios públicos pues solo se cuestionan aspectos relacionados al ejercicio de sus funciones, no apreciándose una interferencia en el ejercicio de las que corresponden a otros órganos del Estado ni la vulneración del principio de corrección funcional, por lo que, la demanda de amparo deviene en fundada”, se lee en la sentencia a la que accedió Infobae.
También se deja constancia de que Rafael Vela tiene el mismo derecho que Keiko Fujimori de referirse al proceso penal porque “no le alcanza el deber de actuación imparcial como al juez, en tanto es parte procesal”.
“Reprimir la libertad de expresión de un fiscal nos acercaría irremediablemente a un Estado policíaco, situación que no se podría permitir, tocando a los jueces proteger y tutelar con firmeza los valores democráticos en dicha circunstancia”, se lee en la resolución.

Irregularidad
En su sentencia, la Sala Constitucional aborda el caso del fiscal superior de control, Carlos Alberto León Muñoz, quien fue designado en la ANC del Ministerio Público el 4 de octubre de 2023 y un día después suscribió la resolución de suspensión de Rafael Vela.
Para los jueces superiores constitucionales, el tiempo transcurrido entre la designación de León Muñoz y la emisión de la resolución “lleva a colegir que se vulneró el deber de proyectar una conducta de imparcialidad”.
“Máxime cuando la demandada no ha acreditado que diera el mismo trato a todas sus causas pendientes o por lo menos brindara una explicación razonable y motivada de la urgencia de su decisión que diluyera todo aserto en este sentido, de lo que se deduce la afectación a la percepción pública de imparcialidad y del deber de motivación, como expresiones del derecho al debido proceso tutelado por el artículo 139° inciso 3 de la Constitución", reza el texto.
Por ello se ratifica que la suspensión que se le impuso al fiscal Rafael Vela debe ser anulada y se le ordena a la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público que “cumpla con emitir nueva resolución administrativa debidamente motivada”.
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