
La Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi confirmó una sanción contra Interseguro Compañía de Seguros S.A. por no atender en el plazo previsto por ley la solicitud de una indemnización del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT). La denuncia fue presentada por una mujer que, tras un accidente vial en Chiclayo, resultó con invalidez permanente parcial del 90%, lo que la colocó en una situación de especial vulnerabilidad.
La entidad determinó que la compañía incumplió con su deber de brindar un servicio idóneo y oportuno, por lo que dispuso una multa de 22.97 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), que equivalen a S/122,889.50. Además, como medida correctiva, ordenó que la aseguradora cumpla con entregar a la afectada la indemnización que le corresponde por invalidez parcial, calculada en S/17,820, monto que deberá ser pagado junto con los intereses legales acumulados desde la fecha en que venció el plazo de respuesta hasta que se haga efectivo el desembolso.
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Antecedentes del caso
El proceso se originó en noviembre de 2021, cuando la consumidora viajaba como pasajera en un vehículo en Chiclayo, región Lambayeque. Durante ese trayecto, sufrió un accidente de tránsito que le ocasionó daños físicos graves y permanentes.
Posteriormente, en noviembre de 2023, la afectada gestionó ante Interseguro el reconocimiento de la indemnización que le correspondía conforme al Reglamento del SOAT, amparada en la cobertura de invalidez permanente parcial. Esta cobertura contempla un pago económico destinado a resarcir a quienes quedan con una limitación física luego de un siniestro.

El requerimiento fue ingresado dentro de los plazos y por los canales establecidos, sin embargo, no recibió una respuesta válida de la aseguradora dentro de los diez días que exige la normativa.
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Falta de respuesta y sanción impuesta
El Indecopi verificó que Interseguro no notificó de manera adecuada ninguna resolución sobre la solicitud en el tiempo estipulado. Esta omisión fue considerada una falta de idoneidad en la prestación del servicio, ya que generó incertidumbre y retrasó el acceso de la consumidora a un beneficio económico que le correspondía por ley.
El incumplimiento de este deber básico derivó en la imposición de la multa y en la orden de indemnización. La sanción económica, equivalente a 22.97 UIT, fue establecida tomando en cuenta la gravedad de la infracción y la condición de vulnerabilidad de la afectada.
Monto de la indemnización y medida correctiva

La resolución señala que la aseguradora debe otorgar a la denunciante un monto de S/17,820 por concepto de invalidez permanente parcial, cifra que corresponde a lo previsto en la normativa del SOAT.
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El pago no solo incluye esa cantidad fija, sino también los intereses legales generados desde el momento en que Interseguro dejó vencer el plazo sin pronunciarse sobre la solicitud, hasta que se realice el desembolso efectivo. Esta medida busca compensar el retraso injustificado en la atención del caso.
Rol del Indecopi en la protección al consumidor
La Sala Especializada en Protección al Consumidor destacó que este tipo de fallos reafirman la obligación de las aseguradoras de responder de manera clara, oportuna y válida a los usuarios. El organismo recordó que la normativa del SOAT fue diseñada para dar cobertura inmediata a víctimas de accidentes de tránsito y que su incumplimiento atenta contra los derechos de los asegurados.
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En ese sentido, la resolución subraya que las empresas del sector deben garantizar un servicio eficiente y ajustado a las exigencias legales, en especial cuando se trata de consumidores que atraviesan situaciones de vulnerabilidad a raíz de accidentes graves.
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