
Esta semana el Congreso promulgó la Ley de homolgación del CAFAE, la cual fue aprobada por insistencia. Así, según el texto en el diario oficial El Peruano, el incentivo único del CAFAE aumentará de motno, pero solo para los trabajadores administrativos del régimen laboral del decreto legislativo 276 que no estén percibiendo el mismo monto que sus pares en otras entidades.
Pero para eso la Ley ha establecido que este proceso se hará en base a un reglamento que deberá ser promulgado por el Ministerio de Economía y Finanzas. Recién con este se podrá determinar la fecha en que este cambio se irá implementando. Según el texto, la fecha límite para esto será el domingo 19 de octubre.
“El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas y de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprueba el reglamento (...) en un plazo no mayor de sesenta días calendario contados a partir de su publicación, estableciendo los procedimientos necesarios para su implementación”, aclara la Ley.

¿Qué es el CAFAE?
Los CAFAE son los Comité de Administración de Fondos de Asistencia y Estímulo, entidades dentro de las instituciones públicas que se encargan de administrar fondos destinados a asistencia y estímulo para los trabajadores de la institución.
Estos fondos provienen de diversas fuentes, incluyendo aportes de la propia entidad y, en algunos casos, de los trabajadores (o, por ejemplo, multas que se cobran en caso de tardanza). Dentro de estos es que se da el incentivo único CAFAE, un monto de dinero que va para el servidor. Pero estos comités varían según la entidad y no se manejan del todo similarmente.
Así, la nueva Ley establece la homologación del incentivo único CAFAE, pero solo para los trabajadores administrativos del régimen laboral del decreto legislativo 276, Ley de bases de la carrera administrativa y de remuneraciones del sector público, en los gobiernos regionales. Es decir, que este monto tendrá que aumentar para trabajadores si estos no reciben el mismo monto que sus pares en otras entidades, entre las señaladas.

Así se dará la homologación
El texto detalal que el proceso de homologación del Incentivo Único CAFAE se rige, según la norma, por los siguientes principios:
- Principio de no reducción de montos percibidos. En ninguna circunstancia, el monto que un servidor administrativo perciba por concepto de Incentivo Único-CAFAE, según la nueva escala homologada, puede ser inferior al monto que actualmente viene percibiendo y que se encuentra debidamente registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP).
- Principio de homologación al monto más alto por nivel remunerativo. Para efectos de establecer el monto único del Incentivo Único-CAFAE en la nueva escala única y de aplicación obligatoria, se toma como referencia el monto más alto que, a la fecha de promulgación de la presente ley, sea percibido por un servidor dentro de un determinado nivel remunerativo (auxiliar, técnico, profesional, funcionario, según la clasificación vigente del Decreto Legislativo 276) en cualquiera de los gobiernos regionales y de sus respectivas unidades ejecutoras y en lo que corresponda a las entidades del gobierno nacional, según la información registrada en el AIRHSP.
“Este monto más alto, identificado para cada nivel remunerativo, es el nuevo valor de referencia a partir del cual se efectúa la homologación del Incentivo Único-CAFAE para todos los servidores de dicho nivel remunerativo en el ámbito nacional, garantizando así la nivelación al estándar más favorable existente y la eliminación de las actuales disparidades injustificadas”, agrega la medida.
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