
El Gobierno del Perú ha promulgado la Ley N° 32392, conocida como Nueva Ley General de Turismo, que introduce un régimen de exención fiscal para fomentar el turismo. Esta legislación, impulsada por igual desde el Congreso y el Poder Ejecutivo, marca un hito en la política pública peruana, al establecer incentivos tributarios sin precedentes y mecanismos de gestión orientados a transformar el sector turístico en los próximos años.
Perú aprueba nueva ley de turismo con exención fiscal histórica
La pieza central de la nueva normativa es la creación de las Zonas Especiales de Desarrollo Turístico (ZEDT), áreas geográficas delimitadas que contarán con un régimen tributario ultra-preferencial. El objetivo declarado es atraer inversiones, fomentar la formalización y dinamizar la economía local en regiones con alto potencial turístico.
El diseño de las ZEDT contempla una estructura escalonada de beneficios fiscales: durante los primeros cinco años, las empresas que se instalen en estas zonas tributarán 0% de Impuesto a la Renta (IR); del sexto al décimo año, la tasa subirá a 10%, y del undécimo al decimoquinto año, se aplicará un 15%.
Este esquema contrasta de manera significativa con la tasa corporativa general vigente en el país, que asciende a 29,5%, lo que representa una exoneración absoluta en los primeros años de operación.

Zonas especiales de turismo en Perú tendrán impuesto a la renta cero por cinco años
Hasta la fecha, no se ha publicado un estudio de impacto fiscal que cuantifique el monto que el Estado dejaría de recaudar por la aplicación de estos incentivos. Esta ausencia de análisis ha generado inquietud en algunos sectores, que advierten sobre la necesidad de evaluar cuidadosamente los efectos a mediano y largo plazo en las finanzas públicas.
El acceso a los beneficios de las ZEDT está restringido a nuevas personas jurídicas constituidas en Perú o a nuevas sucursales o establecimientos permanentes de empresas extranjeras. Además, la ley exige que la inversión mínima se realice en activos fijos nuevos o en construcción y producción, siempre que se utilicen exclusivamente dentro de la ZEDT. El monto exacto de la inversión mínima será determinado por el reglamento correspondiente, lo que deja un margen de incertidumbre hasta la publicación de dicha norma.
Nueva ley de turismo en Perú genera dudas por falta de estudio fiscal
Otro aspecto es el de la prohibición de subcontratación para las actividades principales generadoras de ingresos. La ley establece que estas actividades no podrán tercerizarse, aunque la definición de qué constituye una actividad “principal” o “accesoria” quedará sujeta a un decreto supremo. Esta ambigüedad podría dar lugar a interpretaciones flexibles y, eventualmente, a controversias legales o intentos de eludir la restricción mediante estructuras empresariales complejas.
En materia de control y transparencia, la normativa impone obligaciones de información y control estrictas. Las empresas beneficiarias deberán presentar declaraciones informativas anuales ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) y someterse a una evaluación técnica trianual a cargo del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Esta evaluación determinará si los beneficiarios cumplen con los requisitos para mantener los incentivos fiscales. En caso de incumplimiento, la empresa perderá el derecho al régimen preferencial y pasará a tributar al 29,5% general. No obstante, la ley exceptúa los errores involuntarios, aunque no define con precisión su alcance, lo que podría generar discrecionalidad en la aplicación de sanciones.

Empresas extranjeras podrán acceder a incentivos turísticos en Perú bajo condiciones estrictas
La Nueva Ley General de Turismo también introduce incentivos para el conjunto del sector. Entre ellos destaca la depreciación acelerada del 20% anual para los años 2026 y 2027, aplicable a inmuebles vinculados a hospedaje, gastronomía o espectáculos culturales.
Además, se permite la deducción del 50% de los gastos en servicios turísticos y artesanales, lo que busca estimular la inversión y el consumo en actividades relacionadas. Otro beneficio relevante es el acceso, hasta el 31 de diciembre de 2028, al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV (DL 973) para inversiones turísticas a partir de USD 1 millón.

En el ámbito de la conectividad aérea, la ley modifica la Ley General de Aduanas y el Régimen de Admisión Temporal de Aeronaves. El propósito es reducir los sobrecostos que enfrentan las aerolíneas y otorgar mayor flexibilidad operativa, lo que facilitará la apertura de nuevas rutas, la creación de tarifas más accesibles y la adquisición de flotas modernas. Según la ministra de Comercio Exterior y Turismo, Desilú León, “una nueva ruta aérea puede aportar hasta US$ 40 millones anuales en gasto turístico y, con ello, impulsar las economías locales”.
La ley también incorpora disposiciones para la identificación y delimitación de destinos turísticos, integrando estos criterios en los instrumentos de ordenamiento y planificación de los tres niveles de gobierno. Se establece que cada destino cuente con entes gestores conformados por representantes públicos y privados, lo que busca fortalecer la gobernanza y la articulación entre actores del sector.
Nueva Ley de Turismo: prohíben subcontratación en actividades clave del turismo peruano
De acuerdo con estimaciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), la Nueva Ley General de Turismo permitirá atraer más de US$ 1.000 millones en nuevas inversiones al año 2030. La ministra Desilú León ha destacado que la normativa facilitará la incorporación de más de 5.000 nuevos prestadores de servicios en los próximos cinco años, con un enfoque prioritario en las ZEDT.
Esta medida permitirá generar más de 34.000 puestos de trabajo, mejorar sustancialmente la calidad de los servicios ofrecidos y reducir la oferta informal”, afirmó la ministra. Además, se estima que más de 5.900 empresas turísticas podrán acceder a beneficios tributarios como el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas (RERAIGV).

El tributarista Rafo Inurritegui valoró el potencial dinamizador de la ley, aunque advirtió sobre los desafíos pendientes. Según Inurritegui, “supone dinamizar el sector, pero el reto sigue siendo controlar la evasión, evitar distorsiones competitivas y medir el verdadero impacto económico y social”.
El especialista reconoció para Infobae Perú que la normativa incorpora principios como sostenibilidad, inclusión, innovación y gobernanza, pero subrayó que la magnitud de los incentivos fiscales exige prudencia y análisis riguroso. “Fomentar el turismo es clave, pero no podemos perder de vista que, mientras el turismo despega, la recaudación no puede quedarse en tierra ni convertirse en turista permanente”, concluyó.
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