
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ordenó al Estado peruano garantizar que la ONG Demus siga representando a las víctimas de esterilizaciones forzadas sin que sufran represalias.
Como se recuerda, el exdictador Alberto Fujimori implementó una política de esterilizaciones forzosas en los años 90. El Comité de Derechos de las Mujeres de la ONU describe esta medida como una forma de violencia basada en el sexo y discriminación, especialmente dirigida particularmente contra mujeres indígenas, rurales y económicamente desfavorecidas.
El primer caso ante la Corte IDH fue el de Cecilia Ramos Durand, quien murió tras sufrir este procedimiento en 1997. El hecho ocurrió cuando Programa Nacional de Salud Reproductiva y Planificación Familiar (PNSRPF) instaló un puesto de salud en el lugar donde vivía.

Peligros de Ley APCI
De acuerdo con el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil), la Corte también advierte que la Ley 32301, más conocida como Ley Anti ONG, podría ser usada para sancionar a organizaciones como Demus, que representa víctimas ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Esto, sostiene, podría significar una forma de represalia.
Esta normativa, que promovió el Congreso, califica como infracción muy grave usar recursos de la cooperación internacional para participar de acciones legales con el Estado.
Sin embargo, tal como precisa la Cejil, el artículo 53 del reglamento de la Corte IDH acota que los Estados no pueden enjuiciar ni ejercer represalias contra víctimas, testigos o sus representantes por participar de procesos ante el tribunal.
Entonces, si bien todavía no se han impuesto sanciones, podría darse a futuro, teniendo en cuenta que la entidad ya ha aclarado que la aplicación de Ley 32301 a Demus sería una represalia y que podría afectar al derecho de acceso a la justicia.

Cejil establece de que el argumento de que otros peden representar a los demandantes no es válido, ya que deberían tener el derecho de elegir libremente a sus abogados.
“Esta decisión de la Corte es clave: protege el derecho a la defensa en el Sistema Interamericano y ordena a Perú garantizar la participación libre de las representantes elegidas por las víctimas en todas las etapas del proceso, sin temor a represalias”, acotaron a través de su cuenta de X/Twitter.
¿Qué es la Ley anti ONG?
Luego de que el Congreso de la República promoviera esta normativa, la presidenta Dina Boluarte la promulgó. Así, se logró modificar las funciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), con el objetivo de endurecer la supervisión del financiamiento que reciben las Organizaciones no Gubernamentales (ONG) a través de la cooperación internacional.
La mandataria justificó esta medida como un esfuerzo por garantizar la transparencia y la rendición de cuentas, aunque también admitió que la norma busca controlar a aquellas ONG que, en su opinión, “siembran odio y atacan al sistema”.

Durante el acto de promulgación, Boluarte afirmó que la ley no tiene como propósito ejercer un control arbitrario, sino asegurar que los recursos, tanto públicos como privados, sean utilizados de manera honesta. Sin embargo, en un momento de su discurso, reconoció que la norma está dirigida específicamente a un grupo de organizaciones que, según ella, actúan en contra de los intereses del Estado peruano.
“Esta ley también velará por el supremo interés de la democracia, la unidad nacional y poner bajo una revisión exhaustiva a una minoría de ONG que actúan en contra de los intereses de nuestro país, sembrando odio y atacando nuestro sistema”, declaró la presidenta.
La nueva legislación establece sanciones más severas en casos donde se detecte un uso cuestionable de los fondos provenientes de la cooperación internacional. Entre los escenarios contemplados se incluye la utilización de estos recursos para financiar demandas legales contra el Estado.
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