
La recta final del proceso de las elecciones 2026 ya tiene marcado un momento clave: el 11 de febrero se conocerán oficialmente los nombres de quienes competirán por la Presidencia, el Congreso de la República (Senado y Cámara de Diputados) y el Parlamento Andino.
Esta fecha marca el cierre del plazo para publicar las candidaturas admitidas por los Jurados Electorales Especiales.
Fechas que definen las candidaturas
Según el cronograma aprobado por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el 23 de diciembre de 2025 es la fecha límite para que los partidos políticos presenten sus listas y fórmulas presidenciales. Ese mismo día también se cerrará el Registro de Organizaciones Políticas (ROP), como dispone la Ley de Organizaciones Políticas.

Una vez presentada la documentación, los organismos electorales evaluarán los requisitos de cada lista para determinar si procede su inscripción. El 11 de febrero de 2026 es la fecha límite para que se publique la relación de candidatos admitidos, y también el último día para que un partido pueda retirar una lista o aceptar la renuncia de algún postulante.
¿Y si hay tachas o exclusiones?
El proceso de revisión continúa incluso después de publicada la lista de candidatos admitidos. Hasta el 26 de febrero se podrán resolver tachas o exclusiones en primera instancia. Si hay apelaciones, estas deberán resolverse a más tardar el 13 de marzo, que es la fecha límite para pronunciarse sobre todos los casos pendientes.
Al día siguiente, el 14 de marzo, el JNE tendrá que cerrar definitivamente el padrón de candidaturas válidas, con lo cual quedará definido quiénes participarán en los comicios del 12 de abril de 2026.

El camino hacia la jornada electoral
Los próximos comicios del 2026 permitirán a los ciudadanos elegir a un nuevo presidente, dos vicepresidentes, 60 senadores, 130 diputados y cinco parlamentarios andinos. En caso de que ningún candidato presidencial logre superar el 50% más uno de los votos válidos, se realizará una segunda vuelta el 7 de junio de 2026.
¿Cuáles son los requisitos para postular?
Según el JNE, quienes postulen a la Presidencia de la República deben ser peruanos de nacimiento, tener al menos 35 años cumplidos al momento de la elección y estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles.
En el caso del Congreso, se establecen distintos criterios según la cámara:
- Para ser senador, se requiere ser peruano de nacimiento, tener 45 años cumplidos o haber sido previamente congresista o diputado, además de gozar del derecho de sufragio.
- Para postular como diputado, se necesita ser peruano de nacimiento, haber cumplido 25 años y también gozar del derecho al voto.

Adicionalmente, la ley establece que no podrán ser elegidos congresistas quienes ocupen ciertos cargos públicos, como el de presidente de la república, ministro, viceministro, contralor, magistrado del Tribunal Constitucional, entre otros, si no han renunciado al menos seis meses antes de la elección.
Cabe precisar que los candidatos a la presidencia o vicepresidencia pueden postular simultáneamente al Congreso, ya sea al Senado o a la Cámara de Diputados. Además, tanto senadores como diputados pueden ser reelegidos de forma inmediata en el mismo cargo.
Mientras que, en el caso del Parlamento Andino, se exige también la nacionalidad peruana, haber cumplido veinticinco (25) años y gozar del derecho de sufragio.

En todos los puntos, los postulantes deben estar afiliados a una organización política o haber sido seleccionados en un proceso de democracia interna. Además, no deben tener sentencias condenatorias por delitos dolosos ni estar inhabilitados para ejercer función pública.
Es importante señalar que el pasado 12 de abril de este año venció el plazo para que las organizaciones políticas se inscribieran en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) con miras a los comicios mencionados, culminando con un total de 43 partidos registrados.
Además, el próximo 1 de septiembre, se sabrá cuáles de ellas participarán en las elecciones primarias, instancia en la que se definirán internamente a los candidatos mediante tres modalidades: abiertas, cerradas o con delegados, según lo dispuesto por la Ley 31981.
Todo esto marca el calendario rumbo a las urnas. Las fechas están definidas. Ahora, la atención se centra en los movimientos políticos y en la presentación de quienes aspiran a ocupar los principales cargos del país.
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