Adiós a las llamadas y mensajes extorsivos: aprueban suspensión de líneas telefónicas relacionadas a delitos

Con 85 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones, el Parlamento aprobó iniciativa observada por la presidenta Dina Boluarte, referida a la identificación, localización, geolocalización y rastreo de celulares

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Extorsión contra transportistas: 14 choferes
Extorsión contra transportistas: 14 choferes fueron asesinados en lo que va del año| Andina (Composición Infobae)

El Congreso de la República aprobó por insistencia una ley que permitirá la localización, rastreo y bloqueo de teléfonos móviles asociados a actividades delictivas. Con 85 votos a favor, sin oposición ni abstenciones, el Parlamento dio luz verde a esta medida como parte de los esfuerzos para combatir la criminalidad en el país. Esta normativa contempla la suspensión de líneas telefónicas y la baja del servicio en dispositivos utilizados para cometer delitos.

El proyecto de ley modifica aspectos centrales del Decreto Legislativo 1182, que regula el uso de datos para la identificación y geolocalización de dispositivos de comunicación, y del Decreto Legislativo 1338, que establece el Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad. Entre las novedades, se faculta a la Policía Nacional del Perú para acceder a datos de dispositivos móviles en casos de flagrante delito o investigaciones preliminares vinculadas a una amplia lista de crímenes, que incluye tráfico de drogas, trata de personas, lavado de activos y delitos contra la dignidad humana.

En su artículo 6 se precisa que el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) será el encargado de solicitar a las empresas operadoras, de oficio o a solicitud del Ministerio del Interior, de la Policía Nacional del Perú, del Instituto Nacional Penitenciario, del Ministerio Público o del Poder Judicial, la suspensión temporal de las líneas, así como el bloqueo del IMEI de los equipos vinculados a la comisión de delitos.

Osiptel anuncia la fecha de
Osiptel anuncia la fecha de inicio del bloqueo de 1.5 millones de equipos celulares. (Foto: Andina)

Otra de las vías es hacerlo a solicitud expresa del usuario afectado, cuya circunstancia debe ser acreditada mediante la respectiva denuncia y una constatación policial. “Dicho requerimiento se realiza dentro del plazo de doce horas de recibida la solicitud del usuario. Las empresas operadoras de servicios públicos móviles de telecomunicaciones deben ejecutar lo requerido en el plazo máximo de tres horas de recibido el requerimiento”, precisa el texto.

¿Qué observaciones hizo Dina Boluarte?

La presidenta Dina Boluarte, en unas observaciones emitidas en diciembre de 2024, cuestionó la inclusión de un extenso listado de crímenes en los artículos 2 y 3 del Decreto 1182, calificándola de innecesaria. Según el Ejecutivo, estos crímenes ya estaban cubiertos en su mayoría por la Ley 30077, conocida como Ley contra el Crimen Organizado, y no se aportaron análisis sobre la viabilidad técnica o económica de ampliar estas disposiciones. También señalaron la falta de un estudio de impacto sobre el uso adicional de recursos policiales y tecnológicos.

La crítica del gobierno se extendió al literal c) del artículo 3, donde subrayaron la relevancia de mantener la redacción para garantizar que el acceso policial a los datos sea un medio indispensable y preservando las garantías del debido proceso. Pese a estas observaciones, la Comisión de Defensa del Congreso, y posteriormente el Pleno, defendió la modificación, destacando que estas garantías también están contempladas para proteger los derechos fundamentales.

Además, el debate incluyó el Decreto Legislativo 1338, que regula el registro y bloqueo de equipos móviles usados en actividades delictivas. Observó cambios específicos, como la eliminación del término “y/o”, que podría restringir innecesariamente la capacidad de acción de las autoridades. Al respecto, el Parlamento no dio marcha atrás, argumentando que facilitaría la operatividad de las medidas.

También se observó la incorporación de un segundo párrafo en el literal d), artículo 6 del mismo decreto, que detalla procedimientos para la suspensión de líneas telefónicas y bloqueos de IMEI, tanto por solicitud de las autoridades como de usuarios afectados. Según el gobierno de Dina Boluarte, esta disposición es innecesaria, ya que los procedimientos están contemplados en las disposiciones actuales. Sin embargo, el Congreso aseguró que ello otorgará mayor rapidez y eficacia para desarticular actividades como la extorsión, uno de los delitos más comunes en el país.

Por otro lado, la presidenta de la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno y Lucha contras las drogas, Adriana Tudela, de Avanza País, manifestó que esta medida era necesaria para proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos.

Sobre las observaciones del Poder Ejecutivo, sostuvo que aceptarlas sería ir en contra del objeto de la ley, que tiene como objetivo la rapidez en la suspensión de líneas telefónicas, que son usadas para cometer delitos.

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