Proponen nueva edad de jubilación para el sector privado: La propuesta del Congreso

Congreso propone nueva fecha de cese para trabajadores. El proyecto de ley de la parlamentaria de Renovación Popular propone aumentar este límite para los privados, para equiparar con los estatales

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La edad de jubilación podría
La edad de jubilación podría subir de aprobarse la nueva propuesta de Patricia Chirinos en el Congreso. - Crédito Andina

Tras haber propuesto que se ampliara hasta los 75 años la edad de jubilación de los médicos del régimen laboral del Decreto Legislativo 728, en forma voluntaria, ahora la congresista Patricia Chirinos (Renovación Popular) ha presentado otro proyecto de ley esta vez para aumentar la edad en que dejan de estar empleados los trabajadores privados del país.

Como se sabe, el artículo 57 del DL 728 detalla que la jubilación es obligatoria para el trabajador varón que cumpla 65 años de edad o 60 si es mujer, “si reúne el número de aportaciones suficientes para alcanzar la máxima pensión que y el empleador se obliga a cubrir la diferencia entre dicha pensión hasta completar el 80% de su remuneración ordinaria y a reajustarla periódicamente, en la misma proporción en que se reajuste dicha pensión”.

Sin embargo, el proyecto de ley 10260 haría que la jubilación obligatoria se de en caso de que el trabajador cumpla 70 años, tal como a los trabajadores del sector público, bajo el Decreto Legislativo 276.

"Al permitir que los trabajadores
"Al permitir que los trabajadores sigan laborando, se incrementan sus aportes previsionales, mejorando así sus expectativas de jubilación", señala la propuesta. - Crédito Composición Infobae/Andina/ONP

Edad de jubilación a 70 años

El decreto legislativo 728 está dirigido a los trabajadores privados. En su artículo 57 detalla la edad de jubilación, mediante un texto corto. Sin embargo, la propuesta de Patricia Chirinos involucraría uno más detallado.

“Artículo 57.- La jubilación es obligatoria para el trabajador, hombre o mujer, que tenga derecho a pensión de jubilación a cargo de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) o del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP), si el empleador se obliga a cubrir la diferencia entre dicha pensión y el 80% de la última remuneración ordinaria percibida por el trabajador, monto adicional que no podrá exceder del 100% de la pensión, y a reajustar periódicamente, en la misma proporción en que se reajuste dicha pensión”, detalla inicialmente el texto propuesto

Luego, se agrega que “el empleador que decida aplicar la presente causal deberá comunicar por escrito su decisión al trabajador, con el fin de que éste inicie el trámite para obtener el otorgamiento de su pensión. El cese se produce en ia fecha a partir de la cual se reconozca el otorgamiento de la pensión”; esto amplía en el proceso, que no se especificaba en el artículo 57 anteriormente.

Finalmente, agrega la parte que podría ser la más controversial: “La jubilación es obligatoria y se da en caso de que trabajador cumpla setenta años pudiendo continuar en su puesto de trabajo hasta el 31 de diciembre del año en el que el trabajador cumple dicha edad, salvo pacto en contrario”.

Tanto trabajadores privados como públicos
Tanto trabajadores privados como públicos se jubilarían a los 70 años. - Crédito Andina

Medidas busca “igualdad de condiciones”

En los fundamentos de la propuesta, Patricia Chirinos detalla que el proyecto de ley tiene como finalidad extender este creiterio hacia los trabajadores sujetos al DL 728, para ponerlos en igualdad de condiciones con los del DL 278. “Esta iniciativa responde a la necesidad de garantizar el derecho a la igualdad y no discriminación en el ámbito laboral, conforme lo establece la Carta Magna”, justifica la iniciativa.

“El incremento de la esperanza de vida en el Perú es un factor determinante en la necesidad de adaptar la legislación laboral. Según el Banco Mundial (2023), la esperanza de vida en el país ha alcanzado un promedio de 77 años , lo que implica que muchas personas en edad de retiro aún cuentan con plena capacidad para continuar desempeñando sus funciones”, afirma la propuesta. En base a esto, un peruano promedio entonces trabajaría hasta los 70 años y tendría 7 años para vivir su vejez.

También Chirinos señala que este cambio conllevaría múltiples beneficios tanto para los trabajadores como para las empresas. “En primer lugar, permite una transición laboral ordenada y evita ceses abruptos que pueden generar afectaciones económicas y emocionales en los trabajadores. Además, asegura la continuidad de ingresos y evita que los adultos-mayores sean empujados a la informalidad debido a la falta de oportunidades laborales en su sector”, sugiere.

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