
Este lunes 20 de enero de 2025, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) anunció la disolución de tres cooperativas de ahorro y crédito en Perú debido a la pérdida total de su capital social y reservas cooperativas. Las entidades afectadas son la Cooperativa de Ahorro y Crédito Crecer Perú, la Cooperativa de Ahorro y Crédito Coopevision Cusco y la Cooperativa de Ahorro y Crédito Acción para el Desarrollo y Emprendimiento Ltda (ADECOOP).
Según informó la SBS, estas cooperativas ya habían sido intervenidas previamente tras detectarse graves problemas financieros que comprometían su sostenibilidad.
Cooperativa Crecer Perú: pérdidas superiores a los S/4,5 millones
De acuerdo con la Resolución SBS N° 00164-2025, la Cooperativa de Ahorro y Crédito Crecer Perú fue sometida a un régimen de intervención el 3 de diciembre de 2024, tras determinarse que al 30 de junio de 2024 registraba un patrimonio negativo de - S/4 millones 502.311,48 (cuatro millones quinientos dos mil trescientos once y 48/100 soles).
Este déficit reflejaba la pérdida total de su capital social y reservas cooperativas, lo que activó las disposiciones establecidas en la Ley General del Sistema Financiero y el Reglamento de Regímenes Especiales. La disolución de esta cooperativa implica su exclusión del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público.
Coopevision Cusco: patrimonio negativo de más de S/925.000
La Cooperativa de Ahorro y Crédito Coopevision Cusco también fue declarada en disolución mediante la Resolución SBS N° 00162-2025. Según la SBS, esta entidad fue intervenida el 3 de diciembre de 2024, luego de que se detectara un patrimonio negativo de - S/925.463,41 (novecientos veinticinco mil cuatrocientos sesenta y tres y 41/100 soles) al 30 de junio de 2024.
Al igual que en el caso de Crecer Perú, la pérdida total de su capital social y reservas cooperativas motivó la decisión de disolver la cooperativa y excluirla del registro correspondiente.
ADECOOP: déficit de más de S/746.000
La tercera entidad afectada es la Cooperativa de Ahorro y Crédito Acción para el Desarrollo y Emprendimiento Ltda (ADECOOP), cuya disolución fue oficializada mediante la Resolución SBS N° 00163-2025.
Según la información proporcionada por la SBS, esta cooperativa fue intervenida el 3 de diciembre de 2024, tras determinarse que al 30 de septiembre de 2024 presentaba un patrimonio negativo de - S/746.976,73 (setecientos cuarenta y seis mil novecientos setenta y seis y 73/100 soles). La situación financiera de ADECOOP también incumplía los requisitos establecidos en la normativa vigente, lo que llevó a su disolución.

Impacto en los acreedores y medidas adoptadas: ¿Qué pasará con los ahorristas?
La disolución de las cooperativas plantea interrogantes sobre el destino de los fondos de los ahorristas y acreedores. Según el artículo 9 del Reglamento de Regímenes Especiales, la publicación de las resoluciones de disolución mantiene vigentes las prohibiciones impuestas durante el régimen de intervención. Esto incluye la imposibilidad de iniciar procesos judiciales o administrativos contra las cooperativas, ejecutar resoluciones judiciales previas, constituir gravámenes sobre sus bienes o realizar pagos y compensaciones con sus fondos.
Para garantizar una adecuada gestión del proceso de disolución, la SBS ha designado administradores temporales con amplias facultades. Entre sus responsabilidades se encuentran la inscripción de las resoluciones en los registros públicos, la toma de posesión de los bienes de las cooperativas, la elaboración de estados financieros y la realización de inventarios y valorizaciones de activos.
Los administradores temporales también tienen la tarea de continuar con las acciones necesarias para recuperar los créditos otorgados por las cooperativas disueltas. Esto incluye formalizar garantías, levantar gravámenes tras la cancelación de deudas y recibir amortizaciones o cancelaciones de créditos. Asimismo, deberán mantener los recursos líquidos de las cooperativas en entidades financieras clasificadas en las categorías “A” o “B” según las normas vigentes.
En el ámbito administrativo, los administradores podrán realizar contratos y operaciones necesarias para la gestión de las cooperativas, como abrir y cerrar cuentas bancarias, emitir cheques y realizar depósitos o retiros. También están facultados para iniciar o continuar procesos judiciales y administrativos en representación de las cooperativas, con el objetivo de defender sus intereses y garantizar el cumplimiento de las disposiciones legales.
Próximos pasos en el proceso de liquidación
Una vez completadas las tareas asignadas a los administradores temporales, la posesión de los bienes, libros y documentos de las cooperativas será entregada al encargado de la liquidación designado por el Poder Judicial. Este proceso incluirá la elaboración de un inventario detallado y la publicación de los actos y documentos relevantes para garantizar la transparencia del procedimiento.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP continuará supervisando el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias durante todo el proceso de disolución y liquidación de estas cooperativas. Este caso pone de manifiesto la importancia de una gestión financiera responsable y el cumplimiento de las normativas vigentes para garantizar la estabilidad del sistema cooperativo en el país.
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