
Los peruanos residentes en el extranjero han sido incorporados al Sistema Integral de Salud, por lo que tendrán atención médica gratuita. La medida fue oficializada por el Congreso de la República, a través de la publicación de la Ley N.º 32016, en el diario oficial El Peruano.
Para lograrlo, se tuvo que modificar el artículo 3 de la Ley Marco de Aseguramiento Universal de Salud. De esta manera, los ciudadanos tendrán derecho a una cobertura de prestaciones de carácter preventivo, promocional, recuperativo y de rehabilitación relacionadas con la atención en salud mental.
“(Tendrán un) seguro de salud que les permita acceder a un conjunto de prestaciones de salud de carácter preventivo, promocional, recuperativo y de rehabilitación, en condiciones adecuadas de eficiencia, equidad, oportunidad, calidad y dignidad, sobre la base del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS) y de los planes complementarios”, se lee en el documento.

¿Cuáles son los requisitos?
Los peruanos que vivan en el exterior y deseen hacer uso de su seguro por el SIS, deberán cumplir estos requerimientos de forma obligatoria:
- Al momento de ser atendidos deben estar dentro del territorio nacional.
- No deben tener ningún otro tipo de seguro vigente o con cobertura en Perú.
De esta forma, podrán ser atendidos en cualquier establecimiento de salud a nivel nacional, todos los connacionales que estén en el país, ya sea visita de trabajo, familiares, entre otros motivos.
¿Cómo saber si estoy afiliado al SIS vía online?
Para conocer de forma online si un ciudadano está incorporado en el Seguro Integral de Salud, en alguno de sus cinco planes: gratuito, independiente, emprendedor y microemprensa, se debe seguir los siguientes pasos:
- Ingresar al portal para Consultas en Línea del SIS, a través de este enlace oficial: https://app.sis.gob.pe/SisConsultaEnLinea/Consulta/frmConsultaEnLinea.aspx
- Presionar en la opción de ‘Búsqueda por’, cualquiera de las alternativas seleccionables: Tipo de Documento (Documento Nacional de Identidad o Carné de Extranjería) / Datos Personales.
- Escribir los datos requeridos y dar clic en ‘Consultar’
- Hacer clic en el ícono de la lupa para recibir información detallada. Finalmente, verificar el tipo de seguro.

¿Por qué puede aparecer como anulado?
El SIS puede figurar como activo por latencia, el cual es un periodo válido solo aplicable para trabajadores de microemprensas. En ese caso, el afiliado y sus derechohabientes pueden atenderse hasta que se cumpla la fecha límite. Sin embargo, para algunas personas puede figurar como ‘anulados’ por distintas razones, como estas:
- SIS Independiente: El contrato fue anulado debido a que se dejó de pagar por cuatro meses consecutivos en el caso del componente semisubsidiado, o por tres meses consecutivos en el régimen semicontributivo. También aplica en caso se tenga otro seguro.
- SIS Microempresas: El empleador informó al Registro de la Micro y Pequeña Empresa (Remype) la baja del trabajador o este no ha activado su periodo de latencia una vez concluido su vínculo laboral.
- SIS Gratuito: En caso de que el afiliado cuenta con otro seguro de salud o haya cambiado de clasificación socioeconómica.
- SIS Emprendedor: El individuo ha dejado de ser contribuyente al Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS), cuenta con trabajadores dependientes, ha pasado a la Categoría Especial del NRUS, cuenta con otro seguro de salud o su RUC ha sido dado de baja por la Sunat (Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria).

Por otra parte, si el seguro médico figura como inactivo, esto puede verse ocasionado dependiendo del tipo de cobertura. Por ejemplo:
- SIS Emprendedor: Si el beneficiario no está al día en el pago de sus obligaciones tributarias a Sunat.
- SIS Independiente: No ha pagado todas sus aportaciones.
- SIS Microempresas: No está al día en el pago de las aportaciones o no se ha activado el período de latencia.
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