
El Tribunal Constitucional no está de acuerdo con que el Congreso determine qué conductas configurarían una “causa grave” para remover a los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).
Así lo resolvió el TC al anular la exhortación que hizo la Tercera Sala Constitucional de Lima al Parlamento para que tipifique, a través de una ley, los actos de los consejeros que deben considerarse como una “causa grave” para separarlos del cargo. Dicha exhortación está presente en la sentencia del referido colegiado del Poder Judicial que anula la investigación sumaria de la Comisión de Justicia contra la JNJ.
De acuerdo con el TC, el PJ no tiene competencia para hacer exhortaciones y, al haberlo hecho, contravino la sentencia competencial e invadió “la autonomía e independencia del Congreso de la República”.
¿Qué es la “causa grave”, según el TC?
En ese sentido, el TC recuerdan cuando el Congreso removió a todos los miembros del extinto Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) tras difundirse los denominados ‘Audios de la verguenza’ o CNM Audios. En ese momento fueron destituidos Orlando Velásquez Benites, Segio Iván Noguera Ramos, Julio Atilio Gutiérrez Pebe, Baltazar Morales Parraguez, Heber Marcelo Cubas, Guido Águila Grados y Maritza Aragón Hermoza.

Asimismo, los magistrados rememoraron el caso del exconsejero Efraín Javier Anaya Cárdenas, quien fue removido por el Congreso por reunirse con el entonces candidato a fiscal supremo Tomás Gálvez, quien luego se vería implicado en la trama de Los Cuellos Blancos del Puerto, durante el concurso público para cubrir plazas de jueces y fiscales supremos.
TC se inhibe
Por otro lado, el TC decidió no pronunciarse respecto al pedido del Congreso de dejar sin efecto la sentencia de la Tercera Sala Constitucional de Lima que anuló la investigación sumaria de la Comisión de Justicia contra la JNJ por supuesta causa grave.
En la resolución, los magistrados advierten que dicho expediente podría llegar al pleno del TC. Esto en caso de que en segunda instancia la JNJ obtenga un resultado desfavorable o el Congreso inicie un nuevo proceso competencial.
Suscriben la resolución los magistrados Francisco Morales Saravia, Luz Pacheco Zerga, Gustavo Gutiérrez Ticse, Helder Domínguez Haro, César Ochoa Cardich y Pedro Hernández Chávez.
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