El gerente legal de la empresa Rutas de Lima, Ives Becerra, dio uno de los primeros pasos para llegar a un acuerdo con la Municipalidad Metropolitana de Lima para solucionar el caso del peaje en Puente Piedra, aprobando uno de los planes de rutas alternas planteados por el alcalde Rafael López Aliaga. Sin embargo, intentó desconocer la competencia del Tribunal Constitucional (TC) en el proceso de amparo que se sigue en contra de la empresa, señalando que “se extralimita” al decidir sobre el caso.
En conversación con RPP, el representante de la empresa a cargo del polémico peaje en Lima Norte señaló que, contrario a lo que aseguraba el actual alcalde de Lima, sí existe una ruta alterna que, incluso, ha sido planteada por la misma municipalidad. Y, en dicho sentido, consideró que si el TC toma una decisión en el sentido de lo solicitado por Rafael López Aliaga, estaría incurriendo en un exceso de sus funciones.
Para Becerra, que el Tribunal Constitucional decida sobre un contrato entre la Municipalidad de Lima y la empresa que representa “sería un precedente nefasto no solo para Rutas de Lima, sería un precedente nefasto para el sector de inversiones del país, para cualquier sociedad concesionaria de distintos sectores. Porque estaríamos abriendo la puerta para que se abra una tercera vía de modificación de contratos de concesión”

“Ya no habría el acuerdo entre partes, sino ahora en sentencias del TC, entonces el precedente de que el TC se extralimite en lo que corresponde a sus facultades y emita un fallo antitécnico o fuera de derecho es gravísimo, lo que puede ocurrir”, aseveró el gerente legal de Rutas de Lima, criticando los dos procesos que se iniciaron en el marco de este caso y para el que el TC no ha emitido información adicional respecto a su decisión final.
¿Por qué Rutas de Lima busca desmarcarse del proceso ante el TC?
Al ser consultado respecto a sus críticas hacia el TC, Ives Becerra señaló que estos dos procesos (el de habeas corpus y el proceso de amparo), “por su naturaleza, no tienen etapa probatoria”. “Por lo que acá no puede haber un debate técnico sobre si el contrato prohíbe o no las vías alternas”, consideró el abogado.
Para el representante de Rutas de Lima, el pedido ante el Tribunal Constitucional “no es una vía para discutir este tipo de cuestiones”; no obstante, el letrado olvida que el motivo por el que se recurre a esta institución es debido a que, según lo denunciado por varios vecinos de Puente Piedra, la decisión de establecer un peaje en una vía importante del distrito “vulnera su derecho al libre tránsito”, que es inherente a todo peruano.

Bajo este establecimiento de una vulneración a un derecho reconocido en la Constitución Política del Perú, es que se han admitido ambos procesos y se encuentran en evaluación del TC, que aún tiene pendiente una decisión sobre él.
En tanto, Becerra insiste en que “hay una vía específica para discutir estas cuestiones (contractuales, más que constitucionales), por la propia política del Estado del Perú, que es la jurisdicción arbitral”. Por ello, consideró que, tanto en este proceso, como en la medida cautelar admitida por el Poder Judicial que ordena la paralización de cobro del peaje, “se están utilizando acciones locales para dejar sin efecto esa discusión en la vía competente, que es la vía arbitral”.
Rutas de Lima evaluaría pedir una compensación por suspensión de cobros
Asimismo, en la entrevista, Becerra fue consultado también sobre la posibilidad de que la empresa cobre una penalidad por verse “afectada” al no percibir los ingresos del peaje desde que se dictó la medida cautelar del Poder Judicial. Ante ello, el representante de Rutas de Lima no negó ni afirmó los hechos y evadió la pregunta afirmando que, “lo que corresponde en estos momentos es impugnar esa medida cautelar indebida, que es lo que hemos hecho”.
“De hecho, esa medida cautelar está ligada a una demanda donde se busca la nulidad del contrato de concesión. Que es una cuestión que ya hemos explicado antes. Ya se ha discutido, Rutas de Lima ha ganado dos arbitrajes internacionales donde se ha desbaratado toda esa tesis de nulidad de contrato de concesión. Esta medida cautelar que hoy nos priva temporalmente de ingresos, en realidad está atada a un proceso que busca exactamente lo que ya se ha decidido y ya es cosa juzgada”, consideró el letrado.
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