JNJ: ¿Qué busca la acción de amparo planteada por sus miembros contra el Congreso?

Miembros de la JNJ plantearon una serie de requerimientos en su acción de amparo, ¿en qué consiste cada uno de ellos y qué tan posible puede ser que estos permitan que se falle en su favor en el PJ?

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Los siete miembros de la
Los siete miembros de la Junta Nacional de Justicia, quienes nombran a jueces y fiscales, podrían ser destituidos por el Congreso de la República. (El Peruano)

El inicio de una investigación sumaria por parte de la Comisión de Justicia en contra de los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) y la posterior aprobación de un informe que recomienda su destitución “con cargo a redacción” ha dejado en alerta a más de una institución veladora de la autonomía del sistema de justicia. Esta aprobación no solo generó una ola de críticas; sino también la toma de acciones por parte de los miembros de la JNJ.

En respuesta a esta clara vulneración a sus derechos, los magistrados que conforman la JNJ presentaron ante la Tercera Sala Constitucional del Poder Judicial una acción de amparo, a fin de que su caso sea llevado a instancias judiciales. Pero, ¿cuál es el objetivo real de esta acción de amparo y qué tanto puede avanzar su pedido ante la justicia peruana?

Si bien este pedido fue presentado el pasado 18 de octubre, la demanda recién fue admitida el último miércoles 25 de octubre, y en el documento que es materia de evaluación por la Tercera Sala Constitucional, se detallan una serie de solicitudes por parte de los jueces: Imelda Tumialán Pinto, Aldo Vásquez Ríos, Henry José Ávila Herrera, Luz Tello de Ñeco, Humberto de la Haza Barrantes, y Guillermo Thornberry Villarán.

Pedidos principales y accesitorios planteados
Pedidos principales y accesitorios planteados por parte de los miembros de la JNJ. Infobae Perú.

Según el documento, al que tuvo acceso Infobae Perú, los siete magistrados miembros de la JNJ solicitaron ante el Poder Judicial que “reponiendo las cosas al estado anterior a nuestros derechos constitucionales, a la independencia funcional y al debido proceso, se sirva declarar la nulidad del acuerdo adoptado el 7 de setiembre de 2023, mediante el cual el Pleno del Congreso”.

En ese sentido, los siete magistrados pidieron también que “se declare la nulidad de todo lo actuado en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República, en virtud del Acuerdo mediante el cual el Pleno del Congreso de la República aprobó la Moción de Orden del Día 7565, así como la nulidad de todas las acciones y acuerdos que pudieran derivarse respecto de la dicha moción, orientados a la remoción de los miembros de la Junta Nacional de Justicia”.

Pero este pedido, también responde a una salida judicial a la que los siete magistrados están optando, que es el intento de frenar la avanzada de su remoción en el Pleno del Congreso, la última instancia legislativa en la que se pretende aprobar y ejecutar la salida de estos siete magistrados con la admisión del informe de la JNJ que recomienda su destitución.

Fotografía de archivo del pleno
Fotografía de archivo del pleno del Congreso de Perú, en Lima. EFE/Aldair Mejía/Pool

Para el experto en derecho procesal de la PUCP, Christian Delgado Suárez; el pedido de los integrantes de la JNJ responde al pedido “para que un juez, en este caso la tercera sala, conformada por tres jueces, ordene al Congreso evitar o seguir adelante con esta investigación. A fin de que no se remueva o suspenda a los consejeros. Eso es teóricamente lo que están buscando los consejeros miembros de la JNJ”.

Según Delgado, en este proceso lo que se debe evaluar es el análisis del ”elemento mínimo esencial del debido proceso”.

“Habría que ver si es que existe realmente un procedimiento existente, con nombre y apellido, con nombre propio, para llevar adelante este caso, o sea, un proceso de investigación. Analizar si existen normas de procedimiento, plazos actos procesales para llevar adelante fases, etapas, tiempos, sobre todo, y que se permita el derecho a la libre de defensa de cada uno de estos consejeros”, detalló el experto en conversación con Infobae Perú.

Delgado, “a nivel formal, hay una afectación aparente al debido proceso y a nivel material, a nivel de las normas que se aplican para resolver el caso, el tema de la edad de Inés Tello, no está como causa grave en la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia”.

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