
La Asociación de Empresas Inmobiliarias del Perú (ASEI) denunció ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) a las Municipalidades de San Isidro y San Borja. Las denuncias apuntan a que se declare barreras burocráticas ilegales y carentes de razonabilidad a las ordenanzas ediles 585-2023-MSI y 703-MSB.
De acuerdo con el documento, las normas municipales cuestionadas contravienen el ordenamiento legal vigente sobre la vivienda de interés social (VIS) e imponen una serie de exigencias que impiden en ambos distritos la ejecución de este tipo de proyectos inmobiliarios, que ya están en marcha y cuentan con autorizaciones de las mismas municipalidades.
Según el especialista Andrés Devoto, este tipo de vivienda son subsidiadas por el Estado y están bajo la supervisión de los programas del Ministerio. Además, el costo de estos inmuebles no superan los S/444.000 aproximadamente.
En palabras del presidente del gremio representativo de empresas inmobiliarias, José Espantoso, dichas disposiciones no solo impiden la construcción de nuevos proyectos, sino que ponen en riesgo la continuidad de las obras en marcha.

San Isidro impide viviendas sociales: “Rompe la armonía urbana”
De acuerdo con la alcaldesa de San Isidro, su distrito tiene características “claramente consolidadas” y ello se debe, entre varios factores, a que cuenta con un plan urbano distrital, que le permite encaminar de manera planificada y ordenada su desarrollo y crecimiento. Entre esas características es que las construcciones no deben superar alturas por encima de los establecido en la norma municipal porque “rompe la armonía urbana distrital”.
25 Proyectos paralizados
De acuerdo con ASEI, además de los seis proyectos de vivienda en ejecución, son 19 que están en fase de anteproyecto aprobado, cuyo siguiente paso sería obtener la licencia de construcción. Sin embargo, todas ellas son perjudicadas por la suspensión por la norma emitida.
Recordemos que el 21 de junio, el Tribunal Constitucional publicó la Sentencia N° 302/2023 mediante la cual resolvió el conflicto de competencias que existía sobre el desarrollo de proyecto de viviendas de intéres social. La sentencia dispone que el Ministerio de Vivienda es competente para regular las condiciones de diseño y dimensiones y, por su parte, los gobiernos locales son competentes para establecer los parámetros de altura máxima de la edificación y la zonificación.

Según recuerda el gremio, el TC declaró infundada la pretensión de las municipalidades demandantes para que se anulen los proyectos de VIS existentes, “por lo que siempre se entendió que ésta no podría ser aplicada retroactivamente, como erróneamente se interpretó”.
Viviendas sociales: ¿qué opina el Ministerio de Vivienda?
El 24 de agosto, el Ministerio de Vivienda emitió una opinión técnica vinculante en el que se precisa que los proyectos de vivienda social anteriores a la referida sentencia “son actualmente válidos y no pueden ser declarados nulos como consecuencia del efecto derogatorio de la citada sentencia”. "
Para ASEI, ello zanja la incertidumbre generada por las medidas adoptadas por algunos gobiernos locales, que prohíben y suspenden el desarrollo de proyectos de vivienda de interés social (VIS) en sus jurisdicciones.
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