
Al igual que en otras ocasiones, Sergio Massa presentó desde la presidencia de la Cámara Baja un proyecto de ley para condonar deudas a entidades sin fines de lucro, mipymes y contribuyentes con deudas inferiores a $100.000 vencidas hasta el 31 de agosto de 2021, ampliando la moratoria por deudas vencidas entre el 1 de agosto de 2020 y el 31 de agosto de 2021.
Como bien lo expresan los fundamentos del proyecto de ley, la crisis económica y social acaecida producto del modelo económico desplegado a partir de diciembre de 2015 provocó un descomunal deterioro de la actividad productiva de la economía argentina, en ese escenario la llegada de la pandemia de la Covid-19 profundizó la crisis económica de manera alarmante en todos los procesos productivos.
Como en oportunidades anteriores, los asesores de Massa se han abocado a delinear esta propuesta de alivio fiscal para condonar deudas a entidades, como bomberos voluntarios, clubes de barrios, fundaciones y organizaciones comunitarias, etc, además de ampliar la moratoria para la salida del anterior plan de facilidades.
Las medidas del proyecto de ley son:
- Condonación de deudas tributarias, aduaneras y de los recursos de la seguridad social menores a 100.000 pesos.
- Condonación de deudas de mipymes y contribuyentes de ganancias e IVA que deban menos de 100.000 pesos.
- Condonación del capital adeudado, intereses resarcitorios y /o punitorios y /o multas.
- No comprende: aportes y contribuciones del régimen nacional de obras sociales cuotas de las ART.
- Para las entidades sin fines de lucro, clubes de barrio, bibliotecas, bomberos, etc., la condonación de capital e intereses es total sin tope.
- Moratoria para salir del plan de facilidades anterior, tomando en cuenta la deuda vencida hasta el 31 de julio de 2020, incluyendo las deudas desde el 1 de agosto de 2020 al 31 de agosto de 2021.

El alivio fiscal proyectado involucra a tres millones de contribuyentes (sin contar los cuatro millones de monotributistas), de los cuales casi un millón de contribuyentes están en condiciones de ser ejecutados por parte de la AFIP y más de la mitad con obligaciones inferiores a 100.000 pesos, acumulando una deuda total de trece mil millones ( $13.000 millones).
Es de medular importancia resaltar que este gasto tributario corresponde a un verdadero costo fiscal teórico, en virtud de que por un lado las entidades beneficiadas no pagan y las que pagan tampoco ingresan el impuesto ya que reformulan sus pasivos impositivos en las sucesivas moratorias.
Al igual que en otras oportunidades se demuestra que la política tributaria se entiende mejor entre las paredes de la Cámara de Diputados que dentro del Poder Ejecutivo Nacional.
SEGUIR LEYENDO
Últimas Noticias
Setenta veces siete
Reflexionar sobre el verdadero sentido del perdón implica enfrentar los episodios más oscuros de la humanidad, donde la memoria y la justicia deben convivir con la fe y la capacidad de superar el odio

La codicia, la corrupción y la desintegración en Latinoamérica
Los líderes políticos priorizan intereses personales mientras aumenta la brecha social y económica en Argentina y la región

Por qué Belgrano fue el primer liberal
El creador de la Bandera no sólo tuvo un rol protagónico en el proceso de la Independencia, también fue un defensor de la libertad de comercio y de la competencia en tiempos dominados por monopolios y privilegios coloniales

“No lo vi venir”: cuando el dolor adolescente llega tarde a los adultos
El encierro y la apatía en los jóvenes suelen pasar desapercibidos hasta que el dolor se manifiesta de manera irreversible

El efecto “cascada” que arrastra a Milei
El caso Adorni opaca los pocos logros económicos del oficialismo y alimenta tensiones internas




