
Este miércoles, en la alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, el chofer de una unidad de transporte público atropelló a un perrito de nombre “Zeus” e intentó darse a la fuga.
La muerte del lomito ocurrida en la Colonia Obrera, sobre la calle de Simón Bolívar, generó un enorme malestar entre los dueños de la mascota y vecinos, quienes lograron evitar que el chofer se diera a la fuga.
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De acuerdo con reportes del periodista, Armando Martínez, el perro fue arrollado cuando intentaba cruzar la calle.
Al darse cuenta de lo que ocurrió, el conductor se intentó fugar del lugar de los hechos, pero dueños y vecinos lo detuvieron y recriminaron.
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Vecinos cierran calles tras muerte de perrito en CDMX
Tal fue el malestar de las personas que, por un momento, cerraron la calle Simón Bolívar. Posteriormente, continuaron con un diálogo para intentar resolver dicho problema; sin embargo, la muerte del animal ya era un hecho.
El periodista Armando Martínez también informó que, durante el altercado, el chofer sufrió una herida con un arma blanca, pero ese hecho no fue confirmado por las autoridades de la Ciudad de México.
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¿Cuáles son las penas por maltrato animal en la capital del país?
El atropellamiento y muerte del perrito “Zeus” puede derivar en una sanción para el conductor de la unidad de transporte público, ya que en la capital del país está tipificado el delito de maltrato animal.

De acuerdo con el artículo 4 de la Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la Ciudad de México, el maltrato animal es:
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“Todo hecho, acto u omisión del ser humano, que puede ocasionar dolor o sufrimiento afectando el bienestar animal, poner en peligro la vida del animal o afectar gravemente su salud, así como la sobreexplotación de su trabajo”.
Mientras que el artículo 25 muestra una lista de lo que está prohibido por tratarse de maltrato o crueldad.
-. Causarles la muerte por métodos que prolonguen su agonía o les provoquen sufrimiento
-. El abandono de animales en la vía pública o en inmuebles de forma prolongada
-. Mantenerlos amarrados, encadenados, en azoteas y balcones sin condiciones que los protejan del clima
-. Utilizarlos en plantones, marchas o protestas
-. Azuzar a los animales para que se acometan entre ellos (peleas de perros)
Así puedes denunciar en caso de ser testigo de maltrato animal
En caso se ser testigo de un caso de maltrato animal en la Ciudad de México, existen tres vías para denunciar el caso según la gravedad:
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-. Casos urgentes o rescates (Flagrancia): Llama a la Brigada de Vigilancia Animal (BVA) de la Secretaría de Seguridad Ciudadana al 911 o al 55 5208 9898. Ellos acuden al lugar a poner a salvo al animal
-. Denuncia formal y administrativa: Ante la PAOT (Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial) a través de su sitio web o al teléfono 55 5265 0780
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-. Reportes y asesoría: El Consejo Ciudadano ofrece asistencia 24/7 de forma gratuita a través de la Línea en contra del Maltrato Animal en el número 55 5533 5533.

Estas son las multas por maltrato animal en CDMX
El Código Penal de la CDMX castiga el maltrato y la crueldad contra animales con penas de uno a tres años de prisión y multas de 300 a 500 UMAs, cuando los actos provoquen lesiones de cualquier tipo a una especie animal no humana.
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Los delitos contra los animales se concentran principalmente en el Capítulo IV, en los artículos 350 Bis y 350 Ter, de acuerdo con el propio ordenamiento penal capitalino.
El artículo 350 Bis sanciona a quien realice actos de maltrato o crueldad contra cualquier animal no humano y le cause lesiones. La sanción puede aumentar hasta en dos terceras partes si las heridas ponen en peligro la vida del animal, si el daño es temporal o permanente y provoca pérdida de movilidad o afecta alguna función orgánica, o si se usan métodos que incluyan tortura o ensañamiento.
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A diferencia de la Ley de Bienestar Animal, que prevé multas o clausuras administrativas, el Código Penal establece castigos de cárcel y multas penales directas para estas conductas.
Conductor podría alcanzar hasta cuatro años de prisión tras matar a Zeus
El artículo 350 Ter castiga la muerte de un animal causada de forma deliberada por actos de crueldad, con penas de dos a cuatro años de prisión y de 200 a 400 días de multa. La sanción aumenta en una mitad si antes de morir se usaron métodos que le provocaron sufrimiento grave o prolongaron su agonía.
Dicho numeral también prevé que, en casos extremos y con agravantes concurrentes, las penas acumuladas pueden llegar hasta 10 años de cárcel, además de castigos vinculados a reformas específicas de “espacios clandestinos de matanza”.

En los casos de lesiones o muerte, el juez ordenará el aseguramiento definitivo de todos los animales que el agresor tenga bajo su cuidado o resguardo.
La sustracción o retención de un animal de compañía sin el consentimiento de quien tenga su propiedad legítima se castiga con uno a tres años de prisión; si se hace para pedir rescate o lucrar con él, la pena se duplica.
Si la muerte del perrito “Zeus” llega a los tribunales de la Ciudad de México, el conductor responsable podría ir a prisión. Ya veremos cómo procede el caso.
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