Gasolineras que roben litros podrán ser multadas: esto resolvió la Suprema Corte

La SCJN confirmó que Profeco sí tiene facultades para sancionar a estaciones de servicio que entreguen menos combustible del que cobran

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La SCJN confirmó que Profeco sí tiene facultades para sancionar a estaciones de servicio que entreguen menos combustible del que cobran
La SCJN confirmó que Profeco sí tiene facultades para sancionar a estaciones de servicio que entreguen menos combustible del que cobran

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) sí tiene facultades constitucionales para imponer multas a gasolineras que entreguen menos litros de gasolina o diésel de los que cobran a sus clientes.

La decisión representa un respaldo legal para las acciones de vigilancia y sanción contra estaciones de servicio que operen con irregularidades en sus bombas despachadoras.

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El fallo fue aprobado por unanimidad por el Pleno de la Corte y deriva de un caso iniciado en Guanajuato, donde una empresa gasolinera fue sancionada por comercializar combustible mediante un dispensador irregular que entregaba menos producto del pagado.

Suprema Corte valida facultades de Profeco

La resolución de la SCJN confirmó la constitucionalidad de los artículos 24, fracción XXVI, y 134 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, normas que permiten a Profeco aplicar y ejecutar sanciones económicas contra proveedores que incumplan la ley.

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El proyecto fue presentado por el ministro Giovanni Figueroa Mejía, quien sostuvo que la Constitución sí otorga a la Procuraduría facultades para imponer multas cuando se detecten prácticas que afecten directamente a los consumidores.

Un hombre vestido con chaleco gris se agacha revisando una bomba de gasolina que muestra un logo verde y blanco de Profeco en una gasolinera.
Un inspector revisa una estación de servicio durante una carga de combustible, luego de que la Suprema Corte avaló que Profeco pueda multar a gasolineras que entreguen menos litros de los cobrados

Con esta decisión, la Corte dejó claro que Profeco no solo puede detectar irregularidades en estaciones de servicio, sino también hacer efectivas las sanciones correspondientes mediante procedimientos legales.

El origen del caso en Guanajuato

El conflicto legal comenzó en 2019, cuando Profeco impuso una multa a una gasolinera ubicada en Guanajuato por operar con un dispensador que entregaba menos combustible del registrado en la compra.

De acuerdo con las autoridades, los consumidores pagaban litros completos, pero recibían una cantidad menor debido a fallas o alteraciones en el sistema de despacho.

La empresa buscó anular la sanción mediante un amparo al argumentar que Profeco carecía de facultades constitucionales para imponer multas económicas. Sin embargo, tanto un juez de Distrito como un tribunal colegiado rechazaron ese argumento.

Finalmente, el caso llegó a la Suprema Corte, que ratificó la legalidad de las facultades sancionadoras de la Procuraduría.

Qué significa esta decisión para los consumidores

El fallo fortalece la protección de millones de automovilistas y consumidores que diariamente cargan combustible en México. A partir de este criterio, Profeco podrá continuar realizando verificaciones e imponer sanciones cuando detecte bombas alteradas o dispensadores irregulares.

La decisión también representa una medida de disuasión para estaciones de servicio que incumplan la ley, ya que confirma que las multas son plenamente válidas y ejecutables.

No obstante, la resolución no implica sanciones automáticas para todas las gasolineras del país. Cada caso deberá investigarse individualmente y la autoridad tendrá que comprobar las irregularidades antes de imponer cualquier multa.

Cómo denunciar una gasolinera que no dé litros completos

Profeco recordó que los consumidores pueden presentar denuncias cuando sospechen que una estación entrega menos combustible del pagado. Para ello, se recomienda conservar información como:

  • Ticket de compra.
  • Fecha y hora de la carga.
  • Nombre y ubicación de la gasolinera.
  • Número de bomba despachadora.
  • Tipo de combustible y monto pagado.

Estos datos pueden ayudar a las autoridades a iniciar verificaciones y detectar posibles irregularidades.

Un hombre de espaldas, con gorra negra y chaqueta de mezclilla, fotografía con su móvil el visor digital de una bomba de gasolina con logo Profeco, sosteniendo un recibo. Vehículos de fondo.
Un inspector revisa una estación de servicio durante una carga de combustible, luego de que la Suprema Corte avaló que Profeco pueda multar a gasolineras que entreguen menos litros de los cobrados

Un fallo con impacto nacional

Aunque el caso surgió en Guanajuato, la resolución de la Suprema Corte tiene alcance nacional, ya que valida disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor aplicables en todo México.

Especialistas consideran que este criterio fortalece las herramientas legales de Profeco para combatir abusos en el sector gasolinero y proteger el derecho de los consumidores a recibir exactamente la cantidad de combustible por la que pagan.

Con este fallo, la Suprema Corte estableció que las estaciones de servicio que manipulen bombas o entreguen litros incompletos podrán enfrentar sanciones económicas, reforzando así la vigilancia sobre uno de los sectores más importantes para la economía cotidiana de millones de mexicanos.

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