
El Gobierno de México eliminará el uso del colorante Rojo 3 en alimentos, bebidas y suplementos alimenticios tras determinar que su consumo representa un riesgo no aceptable para la salud de la población.
La medida, impulsada por la Secretaría de Salud y publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) este 28 de mayo, otorga a las empresas un plazo de 24 meses (dos años) para reformular sus productos y agotar existencias.
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La prohibición surge luego de que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) concluyó que la exposición alimentaria a la eritrosina (Rojo 3) en México supera en dos veces la Ingesta Diaria Admisible (IDA), que es la cantidad máxima que se considera segura para consumir cada día durante toda la vida.

En términos simples, la autoridad encontró que los mexicanos están consumiendo este colorante en niveles que duplican el límite recomendado por organismos internacionales. El acuerdo advierte que, incluso haciendo ajustes en los cálculos, la exposición estimada permanece cercana o superior al límite aceptable, lo que impide garantizar la seguridad de este aditivo.
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Qué riesgos detectó Cofepris para prohibir el colorante Rojo 3 en México
El acuerdo publicado detalla que la decisión se apoya en el análisis de riesgo realizado por la Cofepris y en estudios científicos previos. La clave para la prohibición fue la comparación entre la cantidad máxima que una persona puede consumir al día sin riesgos (IDA, en este caso, 0.1 miligramos por kilo de peso corporal) y la cantidad calculada que ingieren los mexicanos (IDMT, que llegó a 0.231 miligramos por kilo de peso corporal).
Las autoridades mexicanas se basaron en estudios como el realizado por Borzelleca en 1987, donde se demostró que el Rojo 3 puede causar tumores en estudios con ratas, es decir, cáncer.
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Además, la decisión toma en cuenta recomendaciones internacionales y el principio precautorio en materia de salud pública, lo que implica actuar incluso si hay incertidumbre, cuando hay evidencia científica de que una sustancia puede hacer daño.
La medida tiene sustento jurídico en diferentes leyes y reglamentos, incluyendo la Ley General de Salud y la Constitución, que obligan a las autoridades a proteger la salud de la población.
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Según la Secretaría de Salud, el Rojo 3, también conocido como eritrosina o Rojo FD&C 3, se utiliza en categorías de productos que no estaban contempladas en el acuerdo original de 2012.
Productos afectados por la nueva regulación

La prohibición afecta a una amplia gama de productos en México:
- Helados
- Sorbetes
- Bases para helados
- Leches saborizadas
- Productos lácteos combinados saborizados
- Mezclas de leche con grasa vegetal
- Leches fermentadas
- Licores
- Bebidas alcohólicas preparadas
- Cocteles
- Bebidas saborizadas no alcohólicas
- Jarabes
- Concentrados para bebidas
- Polvos para preparar bebidas
- Alimentos preparados a base de cereales
- Semillas comestibles
- Harinas
- Sémolas o semolinas
- Productos de panificación
- Polvos para gelatinas
- Goma de mascar
- Preparaciones para decoración
- Caramelos suaves confitados
- Polvo para preparar flan
- Gomitas cubiertas de caramelo
- Frutas en almíbar

La Secretaría de Salud aclara que, durante el periodo de transición, los fabricantes deben ajustar sus fórmulas, validar nuevas recetas y realizar estudios de vida útil que garanticen la calidad y seguridad de los productos. El plazo de 24 meses empieza a contar desde el día hábil siguiente a la publicación del acuerdo.
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Los fabricantes, además, tendrán que revisar sus etiquetas, documentación técnica, procesos internos y hasta contratos con proveedores para demostrar que cumplen con la nueva disposición.
Hasta ahora, ninguna empresa productora ha emitido una postura pública sobre la reforma, y la autoridad recomienda consultar siempre el documento digitalizado del Diario Oficial de la Federación para verificar la versión oficial.
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