Niñez y adolescentes no deben ser criminalizados: SPINNA rechaza iniciativa para aumentar penas y reducir edad penal

La iniciativa de reforma al artículo 18 constitucional plantea consecuencias agravadas para adolescentes

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Imagen de adolescentes felices con mochilas, caminando hacia la escuela. Otras opciones: grupo de amigos, estudiantes alegres, regreso a clases. - (Imagen Ilustrativa Infobae)
Grupo de adolescentes sonrientes con mochilas, caminando juntos hacia la escuela, reflejando alegría y compañerismo. - (Imagen Ilustrativa Infobae)

La Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SPIBBA) rechaza las propuestas legislativas que buscan castigar con mayor severidad a los adolescentes involucrados en delitos graves y llama a fortalecer la justicia juvenil centrada en la reinserción social y el respeto a los derechos humanos.

El posicionamiento oficial de la dependencia advierte que elevar las penas o reducir la edad penal no resuelve el problema de fondo y podría contravenir las obligaciones constitucionales e internacionales del Estado mexicano.

El debate legislativo en la Cámara de Diputados se enfoca en una iniciativa para reformar el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde se plantea aplicar un régimen excepcional de consecuencias agravadas a adolescentes de 14 a 18 años involucrados en delitos como homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, extorsión o robo con violencia.

(Crédito: UNICEF)
(Crédito: UNICEF)

Dicho modelo exige que existan elementos como planeación o violencia particular, análisis pericial del desarrollo del adolescente y una resolución judicial que justifique la insuficiencia de las medidas ordinarias.

La titular de la Secretaría Ejecutiva, Lorena Villavicencio Ayala, sostiene que endurecer las sanciones y extender el internamiento puede debilitar el principio de especialización y el enfoque diferencial por grupo etario. Villavicencio subraya: “El sistema no se fortalece con mayor punibilidad, sino con procesos de reinserción eficaces.” Explica que el uso del internamiento sólo está avalado cuando responde a criterios estrictamente justificables y nunca debe considerarse la primera opción.

Endurecer sanciones no soluciona el problema ni protege mejor a las víctimas

El artículo 18 constitucional vigente prioriza la lógica socioeducativa y la mínima intervención. Para SIPINNA, modificar este esquema con base únicamente en la gravedad abstracta de los delitos, sin atender necesidades concretas de reintegración, implica desconocer que la reinserción depende de diferencias individuales, familiares y sociales.

Plano medio de un adolescente sentado en unas escaleras grises, con la cabeza baja y abrazando una mochila clara. De fondo se ven casilleros verdes.
Un adolescente de 13 años se sienta solo en las escaleras de una escuela, abrazando su mochila, reflejando desánimo en un contexto de prevención del bullying. (Imagen Ilustrativa Infobae)

La propuesta de reforma mantiene formalmente el sistema integral actual, pero introduce una dimensión más severa bajo el argumento de que ciertos delitos desbordan los alcances del modelo socioeducativo. La secretaría ejecutiva advierte que esta medida, aun si se plantea como excepcional, tensiona el principio constitucional de interés superior de la niñez y puede infringir los estándares internacionales que rigen la tutela de derechos de la infancia en México.

En la posición oficial, se insiste en que aumentar las penas o reducir la edad penal “no es la solución para prevenir la comisión de delitos”. La respuesta real, argumenta Villavicencio Ayala, radica en atender causas estructurales de la violencia, transformar contextos familiares y fortalecer estrategias de reinserción social, siempre garantizando reparaciones integrales para víctimas directas e indirectas.

Justicia juvenil debe equilibrar derechos de víctimas y de adolescentes en reinserción

SIPINNA subraya que la protección del adolescente y la atención a la víctima no son excluyentes. La tarea es crear un modelo justo que garantice la reparación total y la promesa de que no se repetirá el daño para las víctimas, así como acciones diferenciadas, justas y enfocadas en resultados para jóvenes que han tenido problemas con la ley.

Grupo de niños y adultos en sala de espera mientras una médica vacuna a una niña en el brazo.
Profesional médico aplica vacuna a una niña en una sala con otros niños y familias durante campaña de vacunación. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Villavicencio plantea que, en casos de alta complejidad, sí puede ajustarse la duración de las medidas socioeducativas cuando esté justificado por la reinserción social, pero bajo evaluación periódica y control judicial. En delitos graves “ampliar la duración de las medidas no representa un castigo adicional, sino el reconocimiento de que la intervención aún no ha cumplido su propósito constitucional”, menciona la Secretaría Ejecutiva.

La reinserción social no es posible sin incluir a los entornos familiares de los adolescentes. La participación activa de madres, padres o tutores en procesos de orientación y acompañamiento psicosocial constituye un componente básico para reconstruir hábitos y reducir riesgos de reincidencia. Según el planteamiento, no se trata de transferir responsabilidad penal a la familia, sino de establecer corresponsabilidad para atender causas profundas de la conducta.