
Abelina López Rodríguez, alcaldesa de Acapulco, Guerrero, está de nuevo en el centro de la polémica, debido a que fue vista con una joya que presuntamente es catalogada como de “lujo” y una compra de esta magnitud no coincide con su sueldo como mandataria municipal.
En los últimos días, ha circulado en redes sociales y medios de comunicación, la aparición pública de la alcaldesa con un lujoso collar valuado en más de 227 mil pesos, aparentemente, perteneciente a una de las marcas más exclusivas del mundo, Van Cleef & Arpels.
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Esto ha generado distintas criticas, pero la respuesta de Abelina López no se ha hecho esperar, el día de ayer, 27 de octubre de 2025, comentó a medios de comunicación que se trata de un “regalo del pueblo”, endureciendo aún más los señalamientos, debido a que podría estar incurriendo en un delito.
“No les gusta otra persona más que Abelina”, afirma alcaldesa

Durante un acercamiento con medios, Abelina López aseguró que siempre se fijan en ella para generar polémica, advirtió que en el marco de su cumpleaños le obsequiaron el collar, “que ni es de oro”.
Desprendiéndose de haberlo comprado con su sueldo, la mandataria adjudica la joya a un regalo.
Cuando se habla de que el sueldo le sería insuficiente para una compra así, destaca que su percepción según la Plataforma Nacional de Transparencia, el último informe del periodo entre el 01 de abril y el 30 de junio de 2025, la alcaldesa Abelina López percibió una remuneración bruta mensual por sus funciones de 76 mil 781.94 pesos, por tanto, al deducir impuestos, su remuneración mensual fue de 59 mil 280.36 pesos.
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Conforme a información oficial en la página del gobierno de Acapulco, Abelina López es egresada de la Universidad Autónoma de Guerrero (UAG), donde estudió la licenciatura en Derecho, y obtuvo una maestría y doctorado en Derecho por el Colegio Nacional de Matemáticas.
Abelina López podría ser sancionada por regalo del pueblo
La declaración generó críticas debido a que, conforme a los artículos 7 fracción II, 40, 52 y 66 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, a los funcionarios públicos les está prohibido aceptar obsequios o dádivas que puedan interpretarse como favores o beneficios indebidos, situación que se vincula con el delito de cohecho, sancionado por la legislación mexicana.
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Artículo 7, fracción II: “Conducirse con rectitud sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni buscar o aceptar compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización”.
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