
La reciente reforma al Código Fiscal de la Federación fue respaldada por el SAT con la publicación de un boletín este 21 de octubre, buscando disipar las inquietudes respecto a posibles actividades de espionaje digital hacia los usuarios de plataformas en línea. De acuerdo con el comunicado, la autoridad fiscal subraya que la reforma únicamente faculta el acceso en tiempo real a la información fiscal que ya obra en los sistemas de las propias plataformas digitales.
Según el SAT, el acceso que solicitan en el ámbito digital se limita estrictamente a datos necesarios para garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Esto implica que no pueden ni intentan incursionar en la vida privada de los usuarios, ni intervenir en el contenido de sus actividades cotidianas dentro de los servicios digitales. El enfoque de la nueva regulación descansa en fortalecer la eficiencia recaudatoria y combatir la evasión, sin romper los límites del respeto a la privacidad.
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El organismo explica que la modificación en el marco legal no contempla el monitoreo de conversaciones, transacciones, preferencias ni rastreo de movimientos particulares fuera del entorno fiscal registrado. El SAT enfatiza que su única área de interés corresponde a verificar, en tiempo real, el cumplimiento de deberes fiscales por parte de las plataformas y sus responsabilidad tributaria correspondiente.

En el boletín difundido, el SAT amplía que toda la información a la que se tiene acceso corresponde exclusivamente a lo relacionado a la información tributaria y que busca mantener los límites legales y constitucionales de la protección de datos y la privacidad.
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A través de esta comunicación, el SAT asegura que la reforma nunca tuvo como intención ni como consecuencia brindar atribuciones de vigilancia o espionaje más allá del espectro estrictamente tributario.
Razones para auditorías fiscales

Desde otra perspectiva, el SAT divulgó que sus procesos de auditoría se dirigen principalmente hacia contribuyentes cuyas conductas indiquen posibles irregularidades fiscales. Entre las razones principales para una revisión figuran la realización de operaciones con factureras, simulación de deducciones, ingresos no declarados y abuso de estímulos fiscales, factores que sugieren posibles riesgos en el cumplimiento de obligaciones, según el boletín oficial publicado el pasado 20 de noviembre.
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También se consideran sujetos a auditoría aquellos contribuyentes que presentan inconsistencias entre lo importado y lo vendido, importaciones por debajo del valor de mercado, omisiones en el pago de retenciones y operaciones con paraísos fiscales. Para 2026, el SAT anticipa revisar un porcentaje muy reducido (0.02%) de la totalidad de personas tributarias.
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