
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) llevó a cabo la clausura total y temporal de un predio ubicado en el Ejido General Severino Ceniceros, en el municipio de Cuencamé, Durango.
La medida fue implementada tras una inspección en la que se detectaron actividades irregulares en el sitio, relacionadas con el cambio de uso de suelo forestal sin contar con la autorización correspondiente.
Además, se constató la remoción de vegetación en una superficie aproximada de 2.93 hectáreas.
Más detalles del caso

Durante una inspección realizada el pasado 11 de septiembre, en coordinación con la Fiscalía General de la República (FGR), inspectores de la Profepa constataron que en el sitio se había eliminado vegetación xerófila con el fin de extraer material pétreo, específicamente bentonita.
Esta última, es una arcilla con múltiples aplicaciones industriales. Se utiliza en el sector petrolero, la fundición, la producción de pellets de hierro, la clarificación de bebidas, el sellado de residuos peligrosos y en la ingeniería civil.
También se emplea en la elaboración de alimentos para animales, procesos químicos y la industria farmacéutica, de acuerdo con información de la Subsecretaría de Marina.
Al momento de la diligencia, no se presentó la autorización correspondiente por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), lo que derivó en la imposición de medidas de seguridad y la clausura del proyecto.
La Profepa informó que ya se inició un procedimiento administrativo, ya que las actividades detectadas podrían constituir un delito ambiental conforme al Código Penal Federal y a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
La institución reiteró su compromiso de hacer cumplir la normatividad ambiental y de proteger los recursos forestales del país, en colaboración con autoridades de seguridad y procuración de justicia.
¿Por qué el cambio de uso de suelo es un delito?

El uso de suelo es un instrumento fundamental para regular las actividades permitidas dentro de un predio, y su definición varía según las características y normativas de cada demarcación.
De acuerdo con la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT), estos usos pueden abarcar desde actividades agrícolas y habitacionales hasta industriales o de conservación, dependiendo del entorno y los planes de desarrollo urbano vigentes.
Sin embargo, el cambio de uso de suelo sin autorización representa una violación grave a la legislación ambiental. Según la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), esta práctica constituye un delito que atenta directamente contra el equilibrio ecológico.
Ante ello, la Profepa está facultada para verificar si un predio cuenta con los permisos correspondientes, y en caso contrario, aplicar medidas de seguridad como la suspensión de actividades, la clausura de instalaciones e incluso el aseguramiento precautorio del sitio.
En el caso de la Ciudad de México, la Fiscalía General de Justicia establece en el Artículo 343 bis del Código Penal local que el delito de uso de suelo, en su modalidad simple, puede ser castigado con penas de 3 a 9 años de prisión y multas que van de mil a cinco mil días.
Cuando existen circunstancias atenuantes, las sanciones se reducen hasta una mitad: de 1.5 a 4.5 años de prisión y de 500 a 2,500 días multa.
En todos los casos, se exhorta a la ciudadanía a denunciar cualquier ilícito ambiental al teléfono 800 776 33 72 o al correo electrónico denuncias@profepa.gob.mx
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