
A partir del 1 de octubre de 2025, todas las personas usuarias de banca digital en México que hacen transferencias deberán acatar un importante cambio.
Quienes hacen transferencias de manera constante deberán definir un límite máximo para sus transferencias electrónicas, conforme a la nueva regulación de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). Si no configuran este monto antes del 30 de septiembre de 2025, los bancos establecerán automáticamente un tope de 12 mil 500 pesos mexicanos por operación a partir del 1 de enero de 2026.
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Esta disposición, que busca reforzar la seguridad en las operaciones digitales, obliga a quienes utilicen aplicaciones bancarias o servicios en línea a personalizar el monto máximo de sus envíos de dinero.
La Circular Única de Bancos publicada por la CNBV en 2024 establece que todas las instituciones financieras deberán habilitar la opción del Monto Transaccional del Usuario (MTU) en sus plataformas digitales y aplicaciones móviles.
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El MTU será obligatorio para operaciones como transferencias a otras cuentas mediante el Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI), pagos de tarjetas de crédito a terceros —ya sea en el mismo banco o en otra institución—, así como para el pago de servicios e impuestos. Esta medida abarca la mayoría de las transacciones digitales cotidianas.
En caso de que el usuario no defina su MTU antes de la fecha límite, la CNBV instruyó a los bancos a fijar un límite por transferencia equivalente a 1.500 Unidades de Inversión (UDIS), lo que representa aproximadamente 12 mil 500 pesos mexicanos. Una vez asignado este monto predeterminado, el cliente podrá modificarlo en cualquier momento según sus necesidades financieras, sin necesidad de esperar plazos adicionales.
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Para servicios de baja cuantía, como Transferencias Express, CoDi y Dimo, el límite máximo seguirá siendo de 1.500 UDIS por transacción o acumulado diario, de manera independiente al MTU que el usuario haya configurado para el resto de sus operaciones. Esto significa que los topes para estos servicios no se verán afectados por el monto que el cliente defina para sus transferencias generales.
La regulación aplica a todas las personas que realicen transferencias a través de aplicaciones bancarias o banca en línea. Una vez que los bancos activen la función del MTU en sus plataformas, los usuarios podrán modificar el monto tantas veces como lo consideren necesario.
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Límite de transferencias a familiares y amigos para no ser multado
En paralelo a estas nuevas disposiciones bancarias, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) mantiene vigente un límite para transferencias entre familiares o amistades. Si una persona recibe un préstamo por transferencia que supere los 600.000 pesos mexicanos, debe reportarlo ante la autoridad fiscal. De no hacerlo, el receptor puede enfrentar una multa de hasta 35.000 pesos mexicanos.
Esta obligación se fundamenta en el Artículo 86-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), que otorga al SAT la facultad de exigir el cumplimiento de las obligaciones fiscales relacionadas con préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o incrementos de capital recibidos en efectivo, ya sea en moneda nacional o extranjera. El portal oficial del SAT precisa:
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“El artículo 86-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta, establece la obligación de presentar la información de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que se reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores de $600,000.00.”
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