Un menor de edad demandó a su tío por haber abusado sexualmente de él cuándo tenía 12 años de edad. Tras la denuncia, el agresor fue declarado culpable recibiendo una condena ejemplar.
Sin embargo, el victimario consideró que la pena era “excesiva”, peleando su reducción hasta llegar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la cuál tomó una sorpresiva decisión sobre el caso.
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El caso fue resuelto el 3 de julio de 2024, sin embargo, la sentencia de la Corte se hizo pública en el Semanario Judicial de la Federación el pasado 9 de mayo. Esta es la historia.
El inicio de la pesadilla

Era la tarde del 27 de marzo del 2019, cuando la víctima, un menor de 12 años de edad, se encontraba a solas con su tío al interior de su casa, ubicada en Lerma, Estado de México. Ahí ocurrió la agresión.
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Aprovechando que no había nadie más en el lugar, el tío le hizo una propuesta un tanto extraña, le preguntó si recordaba cómo le sobaba los pies cuándo era más pequeño, el menor le respondió que sí, entonces, el sujeto le ofreció 20 pesos si lo hacía de nuevo, pero el adolescente se negó.
Tras la negativa del sobrino vino la agresión. Cuando la víctima se encontraba en una de las habitaciones del lugar, el tío lo abordó, le metió la mano derecha dentro del pants y lo empezó a tocar. Bloqueado por el ataque, el menor reaccionó hasta que se detuvo, huyendo del lugar.
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El crimen sexual quedó impune por más de dos años, hasta noviembre de 2021, cuando el adolescente le reveló lo sucedido a otro de sus tíos, con un detalle extra: también había abusado de otros de sus sobrinos.
Sorprendido por lo sucedido, este familiar le contó todo a la mamá de la víctima, quien inmediatamente después presentó la denuncia contra el agresor sexual.
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No fue hasta poco más de un año después, el 5 de diciembre de 2022, cuando el tío fue declarado culpable y sentenciado a 13 años y 3 meses de prisión, más una multa y de la reparación del daño material y moral, entre otras sanciones por parte del Juzgado del Tribunal de Enjuiciamiento del Distrito Judicial de Toluca.
Una sentencia “excesiva”

Inconforme con la sentencia, el agresor apeló, sin embargo, el Primer Tribunal de Alzada en Materia Penal de Toluca falló en su contra y confirmó la sentencia.
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Tras esta nueva derrota, el tío presentó un amparo argumentando, entre otras cosas, que las penas previstas por la ley eran excesivas y desproporcionadas.
Sorpresivamente, el 11 de octubre de 2023, el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito falló a favor del agresor ordenando una nueva sentencia sugiriendo que se debía de hacer un ajuste a la condena.
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Aunque el amparo había resultado a su favor, el tío no quedó conforme con la decisión y presentó un recurso de revisión insistiendo en que la condena es excesiva y desproporcionada, acusándola incluso de ser inconstitucional.
Fue así que el caso llegó a manos de la Primera Sala de la SCJN.
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La sorpresiva decisión de la SCJN

El 3 de julio de 2024, la Corte analizó el caso y tomó una sorpresiva decisión: falló a favor del agresor sexual, aunque no como él esperaba.
La SCJN señaló que el abuso sexual infantil es un delito muy grave porque afecta a los menores de edad, quienes son especialmente vulnerables, por lo que la ley puede imponer penas más severas.
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También explicó que las penas por este delito no son excesivas y que es el juez quien debe ajustar la condena según las circunstancias específicas de cada caso, como la gravedad del daño causado y el grado de responsabilidad del acusado.
Pese a todo lo anterior, en el caso particular, la SCJN sentenció revisar nuevamente la condena de 13 años y 3 meses de prisión, más la multa y la reparación del daño que recibió el agresor originalmente para que sea proporcional al daño que hizo.
Si bien la decisión de la Corte en ningún momento libera de la responsabilidad del tío, sí abre la puerta a que su condena sea menor.
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