
La Sección Instructora de la Cámara de Diputados rechazó la solicitud de desafuero interpuesta contra el diputado Cuauhtémoc Blanco Bravo por parte de la Fiscalía de Morelos. Tras una sesión que convocó a los cuatro integrantes del organismo, su presidente, Hugo Eric Flores Cervantes, confirmó que desecharon la solicitud de declaración de procedencia.
A través de un comunicado, difundido en las redes sociales de Hugo Eric Flores, se dio a conocer que el organismo resolvió que la carpeta presentada por la Fiscalía de Morelos carece de una investigación técnica y profesional. Por ello, determinaron que la solicitud de juicio de procedencia carece de elementos para cumplir con los requisitos para ejercer acción penal en contra del exgobernador de dicho estado.
"El análisis evidenció que la Fiscalía no realizó entrevistas clave, diligencias periciales ni inspecciones oculares. Los dictámenes periciales en psicología resultaron contradictorios. La Sección Instructora no puede investigar ni suplir las deficiencias de la Fiscalía, pues no es Ministerio Público ni juez“, escribió Flores Cervantes en su cuenta verificada de la red social X, antes Twitter.
¿Por qué no procedió la solicitud de desafuero contra Cuauhtémoc Blanco?
De acuerdo con el comunicado emitido por el presidente de la Sección Instructora, en la carpeta de investigación presentada se advierte la recepción y ratificación de la denuncia. No obstante, no figura evidencia de la realización de entrevistas a las personas que, de acuerdo con la denuncia, estuvieron presentes en el lugar donde presumiblemente tuvo lugar la conducta infractora.
En tanto, en el comunicado señalaron que no se realizaron otras diligencias para acreditar el hecho delictuoso y la presunta responsabilidad como:
“La técnica pericial para recabar mayores datos de prueba, informe detallado del lugar de los hechos, la intervención de un perito en materia de criminalística, alguna inspección ocular, así como tampoco se desprende algún otro dato en el que precisamente se ubiquen la conducta que se denuncia”.

Por otro lado, hicieron alusión al carácter contradictorio de los dos dictámenes periciales en psicología realizados con dos meses de diferencia. Y es que mientras el primero niega que la víctima presente daño psicológico derivado de un delito sexual, el segundo de ellos indica que sí existe una afectación emocional por el mismo suceso. Al respecto, señalaron deficiencias en el contenido de los peritajes.
“El diputado enfatizó que la determinación de la Sección Instructora es absolutamente jurídica y no tiene ninguna consideración de carácter político. No puede basar sus decisiones en una investigación deficiente, porque no tiene entre sus facultades la investigación", señala el documento.
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