
Un hombre decidió escalar hasta el cráter del Popocatépetl, su objetivo era dejar una ofrenda frutal con motivo del “cumpleaños” del volcán.
El habitante de San Pedro Yancuitlalpan señaló sentir un gran miedo en un video que circula en redes sociales.
Cabe mencionar que la altura del Popocatépetl es de 5 mil 426 metros, altura suficiente para que la falta de oxígeno haya alterado la percepción de la realidad de ese joven.
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¿Es posible que te multen por subir al cráter del Popocatépetl?
El Popocatépetl, ubicado en los límites de los estados de Puebla, Morelos y el Estado de México, se encuentra bajo la supervisión de las administraciones estatales correspondientes. Estas entidades son responsables de la vigilancia y gestión de los parques naturales que rodean al volcán, así como de garantizar el cumplimiento de las medidas de seguridad.
El Cenapred y el CNPC han insistido en que el respeto al radio de seguridad es fundamental para evitar accidentes y proteger la vida de las personas. La actividad volcánica puede ser impredecible, y acercarse al cráter expone a los excursionistas a riesgos como explosiones repentinas, caída de material incandescente y emisiones de gases tóxicos. Estas condiciones hacen que cualquier incursión en el área restringida sea extremadamente peligrosa, tanto para los visitantes como para los equipos de rescate que podrían verse obligados a intervenir en caso de emergencia.
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El Consejo Nacional de Protección Civil (CNPC) y el Cenapred son los encargados de vigilar y monitorear las 24 horas todos los días del año el comportamiento de Don Goyo, así que, son los organismos que pueden identificar a quienes escalen el volcán y se acerquen al cráter.
Aunque dichos organismos no puedan sancionar a quienes rompan el radio de 12 kilómetros de prevención del cráter, la persona si puede recibir una consecuencia conforme el Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
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“Con fundamento en los artículos 55 y 56 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, en relación con los dispuesto por los artículos 23 y 73 de la Ley General de Protección Civil, cualquier intento de ingreso a la zona restringida, evento o actividad que llame a rebasar el radio de exclusión será reportado a las autoridades competentes a fin de que sea sancionado conforme a las leyes aplicables”.
Como se podrá ver, el apartado no especifica la cantidad monetaria de multa.
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