¿Es ilegal tener relaciones sexuales en el carro o en la vía pública en la CDMX? Esto dice la ley

Con la llegada del 14 de febrero muchas parejas hacen prácticas inusuales para vivir nuevas experiencias, muchas veces desafiando las normas convencionales

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Hay quienes se preguntan si
Hay quienes se preguntan si tener sexo en la vía pública es ilegal. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Cada 14 de febrero, el amor se respira en el ambiente. Esta fecha, reservada en muchos corazones como el Día de San Valentín, invita a los enamorados a celebrar su afecto de maneras especiales y, a veces, inusuales. Más allá de los regalos tradicionales, como flores y chocolates, algunas parejas optan por experiencias que desafían las normas convencionales, buscando el vértigo de la adrenalina y el sello de un momento inolvidable.

Entre estas experiencias, el acto de tener relaciones sexuales en espacios no convencionales, tales como vehículos estacionados en lugares públicos, emerge con cierta frecuencia en conversaciones y planes.

Sin embargo, la búsqueda de emociones fuertes plantea interrogantes importantes sobre los límites de la ley y la convivencia en espacios compartidos. ¿Es ilegal tener relaciones sexuales en la vía pública o dentro de un coche? ¿Qué consecuencias enfrentan aquellos que deciden llevar su intimidad más allá de las cuatro paredes?

Aunque no hay una legislación específica que criminalice el acto de tener relaciones sexuales dentro de un automóvil en lugares públicos, esta acción no se encuentra completamente exenta de regulaciones.

¿Qué dice la ley sobre el sexo en la vía pública?

El 14 de febrero muchas
El 14 de febrero muchas parejas podrían buscar nuevas experiencias que les den más adrenalina. (Imagen Ilustrativa Infobae)

La legislación vigente en la Ciudad de México señala que llevar a cabo actos sexuales en espacios públicos puede ser considerado una falta administrativa, sujetando a los involucrados a diversas sanciones.

De acuerdo con el artículo 26, fracción V, del Reglamento de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, dichas actividades son clasificadas como conductas que atentan contra la moral pública y las buenas costumbres.

Las personas que sean sorprendidas en estas circunstancias pueden enfrentar desde arresto de 13 a 24 horas hasta multas que van de 21 a 40 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, lo que en términos monetarios para el año 2024 significa entre aproximadamente $2,279pesos a $4,342 pesos.

Es importante subrayar que la autoridad competente tiene la capacidad de asignar la sanción específica basándose en el contexto y las particularidades de cada caso. Estas medidas tienen como objetivo principal salvaguardar el orden público y fomentar el respeto hacia el espacio común y las normas de convivencia social.

El marco legal que aborda este tipo de conductas incluye no solo el Reglamento de la Ley de Cultura Cívica sino también el Código Penal local, enfocándose en mantener el orden y garantizar que los espacios públicos permanezcan seguros y respetuosos para todos. La Ley de Cultura Cívica incluso prevé el proceso a seguir frente a infracciones cívicas, ofreciendo opciones alternativas como la realización de trabajo comunitario o la asistencia a pláticas de sensibilización sobre las consecuencias de tales actos.

Cabe mencionar que situaciones donde menores de edad estén involucrados o se ejerza coacción, serán consideradas delitos sujetos a un seguimiento legal más riguroso, reflejando la seriedad con la que las autoridades tratan este tipo de casos en la CDMX.

¿Mi auto podría ir al corralón?

Aunque no se sanciona en
Aunque no se sanciona en sí el hecho de tener relaciones sexuales, sí se infraccionaría por faltas a la moral. (Imagen ilustrativa Infobae)

El Artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento. Este artículo está diseñado para proteger la privacidad y los derechos individuales de los ciudadanos, asegurando que cualquier intervención de las autoridades en estos aspectos debe estar debidamente justificada y fundamentada en la ley.

En el contexto de remitir un vehículo al corralón por conductas como tener relaciones sexuales en la vía pública, las autoridades deben actuar conforme a las normas y procedimientos legales vigentes que regulan dicha conducta y las sanciones aplicables. Esto implica que, para que el acto de remisión del vehículo se considere legal y no una violación al Artículo 16 constitucional, debe existir una base legal clara que autorice tal medida dentro del marco de una falta administrativa o infracción cometida, y que el procedimiento se realice respetando los derechos de las personas involucradas.

La legislación en materia de faltas administrativas como el Reglamento de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México y el Código Penal, en sus respectivos ámbitos, establecen las conductas consideradas infracciones o delitos, así como las sanciones correspondientes, que pueden incluir la remisión del vehículo al corralón. Estas leyes y reglamentaciones deben ser coherentes con los principios constitucionales, incluyendo el respeto a la privacidad y la propiedad establecida en el Artículo 16, asegurando que todas las sanciones sean aplicadas de manera justa, proporcional y fundamentada.

Siempre que las acciones de las autoridades se realicen en el marco de la legalidad, respetando los procedimientos establecidos y las garantías individuales, no debería considerarse que se viola el Artículo 16 de la Constitución. Sin embargo, cualquier persona que considere que sus derechos han sido vulnerados puede buscar el amparo de la justicia, presentando los recursos legales correspondientes.