
Al pasar de los años, miles de trabajadores llegan a su etapa de jubilación y tendrán que iniciar con el trámite de pensión, es decir, proceso en el que se considerará un monto económico fijo que será calculado respecto a los recursos que haya acumulado durante su vida laboral.
En ese caso, suelen surgir también una serie de dudas relacionadas con su pensión. Por ejemplo: ¿Cuál es el monto máximo de pensión que puede solicitar un trabajador? o ¿Cuál es el pago mínimo?
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Antes de despejar este tipo de interrogantes hay que recordar que la solicitud de pensión se puede considerar a partir de los 60 años de edad, la cual corresponde al esquema de pensión de cesantía en edad avanzada y 65 años para la pensión de vejez.
Sin embargo, hay que recordar que lo más importante en este caso es considerar los puntos básicos para poder iniciar su trámite. De acuerdo con la Ley del Seguro Social, el trabajador interesado deberá tomar en cuenta las semanas cotizadas, promedios salariales y edad de retiro.
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Hay que recordar que hay dos regímenes que establecen la Ley a la que pertenece cada trabajador. Es decir, los de la Ley 73, aquellos que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997. Mientras que los de la Ley 97 iniciaron después del 1 de julio de 1997.
¿Cuál es la pensión máxima?
De acuerdo con la información del IMSS, su monto de pensión se calcula con un tope de hasta 25 Unidades de Medida y Actualización (UMAs), aunque la cantidad que quedará establecida será calculada con base al valor de la UMA que se encuentre en ese momento.
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Sin embargo, será necesario recalcar que para evaluar el monto de pensión deberá analizarse en cada caso su densidad de cotización (tiempo que cotizó el trabajador), el último salario cotizado y edad.

Las diferencias en cada régimen son:
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*Ley 73
-Deberán contar al menos con 500 semanas cotizadas
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*Ley 97
-En este caso deberá reunir mil semanas de cotización; sin embargo, sino lo reúne tendrá derecho a retirar el monto en una sola exhibición. A diferencia de la Ley 73, en este caso se paga a través de una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore).
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Hay que recordar que a partir de 2020, la Ley del Seguro Social establece que para el cálculo de pensión garantizada se tomarán en cuenta 750 semanas cotizadas, monto que incrementará anualmente 25 semanas hasta topar en las mil semanas, en el año 2031.
En ese caso, si cumple con los requisitos y realiza el trámite en 2024, entonces deberá contar con 825 semanas de cotización.
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Los pensionados deberán recibir los recursos el primer día de cada mes, en caso de que sea feriado, el IMSS cuenta con un calendario especial al año, en el cual generalmente si la fecha no es hábil, entonces se entregará un día después.
¿Cuál es la pensión mínima?
De acuerdo con el dato del salario mínimo, este año tendrá que considerarse una pensión mínima garantizada de 6 mil 223 pesos; sin embargo éste suele ser variable dependiendo de las actualizaciones del salario mínimo, el pago también dependerá de la situación de cada uno de ellos en el momento del trámite.
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