
La Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal en su artículo 63 Bis, señala que todos los vehículos que transiten por las distintas vías de comunicación del país, deben tener un seguro que garantice a terceros los daños que pudieren ocasionarse en sus bienes y personas por la conducción del vehículo.
Además destaca que la contratación del seguro será responsabilidad del propietario del vehículo, por ello, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) en su reporte del mes de agosto, dio los mejores seguros que puede contratar el usuario y proteger su economía en caso de que se presente un percance.
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Según los datos en 2021, el número de motocicletas en circulación en el país fue de 5 millones 939 mil 262. Ese mismo año, en 10% de los accidentes de tránsito se vio involucrada una motocicleta y 98% de ellos fueron atribuibles al conductor de la moto.
Sin embargo, 8 de cada 10 motocicletas no cuentan con seguro de protección civil. La Profeco señala que los seguros para motocicletas tienen diversas coberturas: protección civil, robo total, protección legal, gastos médicos de los ocupantes, accidentes al conductor y asistencia vial.
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Seguros que analizaron

Wibe: Al tener este seguro, dan 500 mil pesos por daños a terceros, asesoría legal y deberás pagar la prima total anual de 3 mil 21 pesos.
Banco Azteca: Ofrece un millón de pesos por daños a terceros, asesoría legal y prima anual total de 812 pesos. No se especifican los gastos médicos de los ocupantes y la asistencia vehícular.
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Quálitas: Este seguro da 3 millones de pesos por daños a terceros por evento, asesoría legal y una prima total anual de mil 939 pesos.
GNP Seguros: Da un total de 3 millones de pesos por responsabilidad civil por daños a terceros; 50 mil pesos de gastos médicos para los ocupantes, asistencia jurídica y vehicular, con una anualidad total de hasta 4 mil 255 pesos.
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Banorte. Tiene 4 millones de pesos por responsabilidad civil por daños a terceros, además de 30 millones para gastos médicos por evento, asistencia jurídica y vehicular, y una anualidad total de 3 mil 85 pesos.
¿Qué pasa si no tiene seguro?

Según el artículo 74 Bis, señala que las personas que no tengan un seguro, las distintas dependencias de seguridad impondrá diversas sanciones:
“Por conducir vehículos en caminos y puentes federales que no cuenten con un contrato de un seguro que garantice daños a terceros, con multa de veinte a cuarenta días de salario mínimo vigente…”, señala.
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El propietario del vehículo tendrá 45 días naturales para la contratación de la póliza de seguro, misma que al presentarla ante la autoridad recaudatoria durante el término anterior, le será cancelada la infracción;
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