
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) consideró que el Senado de la República sí ha sido omiso en su responsabilidad constitucional de nombrar a los tres comisionados del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Por mayoría de ocho votos, el Pleno de la Suprema Corte consideró que el Senado de la República sí fue omiso en realizar los nombramientos del INAI, algunos de ellos que datan hace más de 300 días.
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Desde el inicio de la discusión los ministros dejaron ver su discrepancia en torno al proyecto elaborado por la ministra Loreta Ortiz Ahlf, el cual desde un inicio contó con el respaldo de la ministra Yasmín Esquivel Mossa.
La votación sobre el fondo del asunto tuvo un precedente al revisarse el sobreseimiento de la vacante del comisionado Francisco Acuña Llamas, quien dejó vacante su silla en el Pleno del INAI el pasado 30 de marzo. En este caso, la votación resultó 7 a 4.
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La ministra Loretta Ortiz basó su propuesta en que el Senado de la República realizó todos los trámites necesarios para que se nombraran a dos comisionados del Instituto Nacional de Transparencia.
De este modo, la mayoría de los ministros aprobaron la impugnación del IINAI contra la omisión del Senado en el nombramiento de los comisionados que faltan por lo que el asunto fue returnado a otro ministro para que elabore un proyecto a favor de la impugnación del organismo de transparencia.
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“Como se puede observar, si bien estas actuaciones no han concluido con la designación respectiva, esto no se debe a una falta de acción del órgano legislativo (...) Lo que se propone es que para constatar si existe o no una omisión es corroborar si ha habido una inactividad completa en el Senado de la República, lo que no sucede en el presente caso y por tanto no existe trasgresión alguna al orden constitucional por el solo hecho de que no se hayan concretado los nombramientos definitivos”, dijo al dar lectura al sentido de su proyecto.

Contrario a ello, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá indicó que el Senado ha incurrido en una omisión en los nombramientos luego de las salidas de los comisionados, ante el atraso excesivo en el procedimiento el cual no se encuentra justificado por que se realizaron algunas de las etapas o las dificultades de alcanzarse acuerdo políticos.
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Por su parte, la ministra presidenta, Norma Lucía Piña Hernández, señaló que las facultades del Senado no son un acto discrecional, sino una obligación establecida en la Carta Magna.
“La obligación constitucional del Senado de realizar el procedimiento no es un acto discrecional o potestativo, sino correspondiente a sus facultades exclusivas y de ejercicio obligatorio”, señaló Piña Hernández al votar en contra del proyecto de Loretta Ortiz.
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En una de las arepas la Jucopo tardó en elegir los nombramientos y someterlo a votación 327 días desde que recibieron el dictamen. Lo que significa un retraso de 335 desde que se generaron las vacantes.
Apuntó que hay un vacío en la Ley Federal de Transparencia que no deja claros los tiempos y plazos, y los posibles supuestos que pudieran impedir el nombramiento exitoso de los comisionados del INAI.
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El ministro Luis María Aguilar también se pronunció por la omisión del Senado, con lo que consideró que la controversia es fundada.
Con esta decisión del Pleno, el asunto será retomado por otro ministro para elaborar un nuevo proyecto que vaya en sentido favorable a la impugnación del INAI. Se espera que el asunto regrese en agosto nuevamente a discusión para una nueva votación.
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