Presidencia advirtió que la SCJN se convertirá en “oficina” de la oposición si invalida el Plan B

Este jueves por la noche se votará el proyecto del ministro Javier Laynez para dejar sin efectos el decreto impulsado por AMLO

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El ministro Javier Laynez de la SCJN (Foto: Cuartoscuro)
El ministro Javier Laynez de la SCJN (Foto: Cuartoscuro)

A unas horas de que se realice la sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), donde se discutirá la segunda parte del “Plan B” de la reforma electoral impulsada por Andrés Manuel López Obrador, la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República ya descalificó la posible inconstitucionalidad.

A través de un comunicado, el gobierno de México señaló que si las y los colegiados aprueban el proyecto del ministro Javier Laynez para anular dicho decreto presidencial, la SCJN se convertirá en una “simple oficina de verificación” al servicio de la oposición.

“En caso de aprobarse el proyecto del ministro instructor, la SCJN se estaría transformando en una simple oficina de verificación procedimental al servicio de las minorías parlamentarias y renunciaría a su papel de revisor constitucional de las normas, ya que nuevamente se rehusaría a estudiar el fondo del asunto”

Y es que Laynez  Potisek  propone declarar inconstitucional la segunda parte del “Plan B” electoral aprobado por el partido Morena y sus aliados en el Congreso de la Unión, debido a múltiples violaciones al proceso legislativo establecido en los reglamentos.

Incluso, refirió en su proyecto que hubo una confusión que impidió a los diputados de las minorías saber qué propuesta se estaba discutiendo.

“(El ministro) propone declarar la invalidez total del decreto impugnado sin entrar a un verdadero estudio de fondo de las normas cuestionadas, lo cual retrasa injustificadamente la necesaria transformación del sistema electoral mexicano”, se lee por el contrario en el comunicado de Presidencia.

Cabe recordar que fueron los partidos Movimiento Ciudadano, PAN, PRI, PRD, diputados y senadores de la oposición, además del Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), quienes impugnaron el decreto publicado el pasado 2 de marzo, al estimar que hubo al menos siete vicios legislativos.

Sin embargo, la Consejería Jurídica de la Presidencia justifica que los diputados no pusieron “la debida atención a la publicación de la iniciativa y a la conducción de la Mesa Directiva a cargo del diputado Santiago Creel Miranda”.

Plan B, AMLO. (Foto: Infobae)
Plan B, AMLO. (Foto: Infobae)

En este sentido, acusó que para favorecer la pretensión de la oposición, el ministro Laynez convierte la decisión de los grupos parlamentarios minoritarios de no participar en el proceso deliberativo durante la aprobación de las reformas a las leyes electorales, en supuestas deficiencias del procedimiento legislativo para invalidar el decreto impugnado.

El Plan B es un paquete de reformas a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a la Ley General de Partidos Políticos, a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Mediante dichas reformas se buscaba restar facultades del Instituto Nacional Electoral (INE) en materia de capacitación, organización y fiscalización, además de reducir la plantilla de integrantes del Servicio Profesional Electoral Nacional (SPEN).

En esencia, el decreto modificó la estructura, la organización, los procedimientos y las facultades del INE, así como varios procedimientos y atribuciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Por qué se frenó la primera parte de la reforma

Javier Laynez Potisek, ministro de la Suprema Corte (Foto: Cuartoscuro)
Javier Laynez Potisek, ministro de la Suprema Corte (Foto: Cuartoscuro)

El ministro Laynez Potisek admitió el pasado 24 de marzo la demanda interpuesta por el INE en contra del “Plan B”, con lo que quedaron suspendidos por tiempo indefinido todos sus efectos.

“La SCJN ha resuelto en ocasiones anteriores que en Controversias Constitucionales sí corresponde otorgar la suspensión aun tratándose de leyes, cuando pudieran vulnerar de manera irreparable derechos humanos. En el caso que nos ocupa se trata de la posible violación a los derechos político-electorales de la ciudadanía”, precisó el comunicado de la Corte.

También, el Ministro Instructor argumentó que concedió la suspensión de todos los artículos impugnados para que la situación “se mantenga en el estado en la que hoy se encuentra”.