El presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) aclaró si México seguirá los mismos pasos de Estados Unidos (EEUU) para declarar el término del estado de emergencia sanitaria por la pandemia del COVID-19.
El Jefe del Ejecutivo Mexicano informó que expertos de la Secretaría de Salud (SSa) ya analizan la posibilidad de cesar el decreto de emergencia sanitaria que se habría mantenido tras la llegada del coronavirus a territorio nacional el pasado febrero del 2020.
Sin embargo, adelantó que la decisión del Gobierno de México no se sujetará (o no en mayor medida) a la declaración de EEUU recién firmada por su homólogo Joe Biden o al eventual posicionamiento de la Organización Mundial de la Salud (OMS); sino a las condiciones de salud en el territorio mexicano.
Pese a ello, López Obrador no descartó que finalmente México pudiera dar por terminado el estado de emergencia sanitaria después de tres años.

El pasado 10 de abril, el presidente Joe Biden firmó la resolución legislativa que puso fin a la emergencia nacional en EEUU para responder a la pandemia del COVID-19 y la cual entró en vigor este martes 11.
Cabe recordar que dicho estado de emergencia permitía al gobierno tomar medidas radicales para hacer frente a la atención del coronavirus a través de respaldos a los sitemas económicos, de salud y bienestar del país. Una de estas estrategias había sido las estrictas restricciones migratorias en la frontera con México.
¿En México hubo estado de emergencia?
Si bien en la República Mexicana (por menos a nivel Federal) no se impuso la obligatoriedad para acatar las medidas sanitarias, el Consejo de Salubridad General (CSG) del Gobierno Mexicano sí decretó al COVID-19 como emergencia santiaria por causa de fuerza mayor.
Entre otros puntos, dicha declaración (publicada el 30 de marzo) implicó la suspensión inmediata de actividades no esenciales en los sectores público, privado y social a partir a fin de evitar el incremento de contagios por el virus. Asimismo, se exhortó a la ciudadanía mantenerse resguardada dentro de sus hogares.

Dicha declaración se aunó al decreto que permitió a la SSa implementar una serie de medidas extraordinarias para combatir a la enfermedad como una de atención prioritaria, tales como:
- Utilizar como elementos auxiliares todos los recursos médicos y de asistencia social de los sectores público, social y privado existentes en las regiones afectadas y en las colindantes.
- Adquirir todo tipo de bienes y servicios (a nivel nacional o internacional), así como todo tipo de mercancías y objetos que resulten necesarios para hacer frente a la contingencia, sin necesidad de llevar a cabo el procedimiento de licitación pública por las cantidades o conceptos necesarios para afrontarla.
- Llevar a cabo las medidas necesarias para evitar la especulación de precios y el acopio de insumos esenciales necesarios de los bienes y servicios.
Dichos estatutos entraron en vigor unos días antes de la declaración de la CSG, en específico, el 27 de marzo del 2020 (fecha en la que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) como DECRETO por el que se declaran acciones extraordinarias en las regiones afectadas de todo el territorio nacional en materia de salubridad general para combatir la enfermedad grave de atención prioritaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)).
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