
Por determinación del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Edmundo Jacobo fue reinstaurado como secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE), cargo que ejerce desde 2008, cuando aún era Instituto Federal Electoral (IFE). Dicho acto representó un golpe al Plan B de la Reforma Electoral, por lo que morenistas y panistas deliberaron al respecto.
Con la entrada en vigor de la iniciativa del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) para modificar la estructura política-electoral de México, se ponía fin al tiempo de Jacobo Molina en el Instituto, lo que supondría un avance en la agenda de la austeridad republicana de la Cuarta Transformación (4T); sin embargo, esto no duró por mucho tiempo.
Y es que este jueves 9 de marzo se informó que el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa concedió a Jacobo Molina una suspensión provisional contra la orden de removerlo de su cargo planteada en el Artículo 17 transitorio de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) del Plan B.
El argumento para definir que Edmundo Jacobo debía permanecer en su cargo fue de que el funcionario había sido electo por el Consejo General del INE para que se quede en ese puesto hasta 2026, es decir, para que cumpla 18 años en el mismo puesto, por lo que no existía ningún motivo en apariencia para que abandonara la secretaría ejecutiva.
Al tratarse de una suspensión provisional, se entiende que aún existe la posibilidad de que Jacobo Molina pueda ser removido de su puesto, ya que será la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) quien revisará y determinará la constitucionalidad de que el funcionario abandone su puesto actual. Es decir, esta determinación tendrá efecto mientras se discuten las acciones de inconstitucionalidad contra el Plan B.
Cabe recordar que el Plan B no reforma la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), sólo modifica las leyes General de Instituciones y Procedimientos Electorales, General de Partidos Políticos y Orgánica del Poder Judicial, General de Comunicación Social, General de Responsabilidades Administrativas; y expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Por su cuenta, la clase política ya fijó una opinión, donde los promotores de la 4T condenaron lo resuelto por el Tribunal y los detractores del gobierno de AMLO la aplaudieron. El mayor contraste de ideas se manifestó en la Cámara de Diputados, donde Santiago Creel, presidente de la Mesa Directiva, e Ignacio Mier, presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), difirieron en este caso.
De un lado, Mier Velazco, de Movimiento Regeneración Nacional (Morena) señaló que lo expresado por el TEPJF sobrepasó sus límites, pues no debe de cumplir funciones de arbitraje, ya que esto le toca a los tribunales administrativos; no obstante, respetará la resolución.

Del otro lado está Creel Miranda, del Partido Acción Nacional (PAN), quien coincidió abiertamente con el Tribunal Electoral y sostuvo que es “muy lógico” el sentido del fallo, pues es facultad exclusiva del Consejo General del INE designar o destituir al secretario ejecutivo.
Finalmente, se destaca que el Plan B de AMLO, tanto la primera como la segunda parte fue condenada por la oposición política (PAN, PRI, PRD, MC e INE), de tal modo que las acciones de inconstitucionalidad continuarán siendo promovidas desde diferentes ángulos, tal y como lo anunció Carolina Viggiano, secretaria general del Partido Revolucionario Institucional (PRI), quien adelantó que será la próxima semana cuando lleven un paquete nuevo de impugnaciones.
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