
En México, la problemática del abandono animal ha alcanzado dimensiones alarmantes. De acuerdo con la revista Forbes, existen alrededor de 29.7 millones de perros y gatos en situación de calle, y se estima que al menos el 70% de ellos fueron alguna vez adoptados o criados en un hogar, cifra que también es consecuencia directa de las restricciones que aún persisten en el acceso a la vivienda.
De manera más precisa, la diputada Diana Barragán Sánchez señaló que el 40% de los casos de abandono en la capital del país está vinculado con limitaciones impuestas por arrendadores o inmobiliarias que prohíben a los inquilinos vivir con sus animales de compañía, lo que obliga a muchos a separarse de sus mascotas para rentar una vivienda, situación que, según la legisladora, constituye una forma de maltrato animal, práctica que está prohibida por el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos desde diciembre de 2024.
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En este contexto, el Congreso de la Ciudad de México aprobó el 18 de agosto de 2025 el decreto que modifica el artículo 4 de la Ley de Vivienda, promulgado posteriormente por la jefa de Gobierno Clara Marina Brugada Molina el 24 de octubre de 2025, y publicado finalmente en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 27 de octubre, entrando en vigor el día siguiente.
La reforma incorpora la “cohabitación con infancias y seres sintientes” dentro de las condiciones protegidas, prohibiendo que arrendadores, inmobiliarias o particulares utilicen la presencia de niñas, niños, adolescentes o animales de compañía como motivo de exclusión o rechazo en solicitudes de renta o copropiedad.
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De acuerdo con la Dirección General de Comunicación Social de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), un ser sintiente es aquel individuo capaz de experimentar placer o dolor, tener experiencias positivas o negativas y poseer conciencia de sí mismo y de su entorno. Este concepto, que en los últimos años ha cobrado relevancia en la legislación y la ética animal, ahora tiene respaldo legal en el ámbito de la vivienda capitalina.
Dónde denunciar la discriminación inmobiliaria

Aunque el decreto no establece sanciones específicas contra quienes incurran en prácticas discriminatorias, la Procuraduría Social de la Ciudad de México (PROSOC) es la institución encargada de atender, orientar y recibir quejas relacionadas con abusos de arrendadores o conflictos inmobiliarios.
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Este organismo tiene como misión defender los derechos de los habitantes de la capital en materia de propiedad en condominio, arrendamiento y vivienda, bajo principios de legalidad, imparcialidad, eficiencia, honestidad y oportunidad. La PROSOC también colabora en el cumplimiento de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, promoviendo una cultura de respeto y convivencia condominal.
Cualquier ciudadano que enfrente discriminación al momento de rentar por tener mascotas o hijos puede acudir a esta dependencia; la atención incluye asesoría jurídica, social y administrativa, y se ofrece tanto de manera presencial como remota.
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Cómo solicitar apoyo y orientación

La Procuraduría Social pone a disposición del público diversos canales de comunicación para presentar quejas o solicitar información. Los interesados pueden comunicarse a través del correo prosoc@cdmx.gob.mx, o bien llamar al área de asesoría y capacitación al número 55 5440 9545, disponible de lunes a viernes en un horario de 10:00 a 18:00 horas. También está habilitado un chat de atención por WhatsApp en el número 55 6357 2243.
Quienes prefieran acudir personalmente pueden hacerlo en la sede ubicada en Calle Mitla 250, Colonia Vértiz Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, C.P. 03600, Ciudad de México.
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Con esta reforma y los mecanismos de atención disponibles, la capital del país avanza hacia una política de vivienda más incluyente, donde las familias y los animales de compañía son reconocidos como parte integral del hogar.
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