
La Justicia de La Plata dictó la prisión preventiva de Nicolás Rodríguez y Daniela Silva Muñoz, la pareja de dirigentes kirchneristas detenidos por los abusos sexuales de militantes y empleadas del Senado bonaerense. Serán trasladados a una cárcel común, mientras avanza la investigación sobre ellos y la secta que habrían montado para mantener sometidas a las denunciantes.
El juez de garantías Juan Pablo Masi escuchó la semana pasada a todas las partes que intervienen en el expediente. Y, en particular, les dio un espacio a las víctimas para pronunciarse.
En base a lo que escuchó de las dos damnificadas -otros dos casos tramitan en una causa paralela-, el magistrado amplió la acusación contra Rodríguez y Silva Muñoz: abuso sexual con acceso carnal agravado por haber causado un grave daño en la salud mental de la víctima, por el empleo de arma y por haber sido cometido por dos personas, en cuatro hechos distintos.
El agravante del daño a la salud mental no había sido solicitado por la fiscal de la causa, Betina Lacki. Fuentes judiciales al tanto del expediente indicaron que no lo hizo porque aún no están los resultados de las pericias psiquiátricas. A criterio del juez Masi, alcanzó tan solo con escuchar lo que las mujeres tenían para expresar para incluir esta calificación.

Para decidirse por el encierro de los imputados, el magistrado consideró acreditada la gravedad de los delitos que se les atribuyen y el riesgo de que, en libertad, Rodríguez y Silva Muñoz pudieran entorpecer la investigación o afectar a las víctimas.
De esta manera, la Justicia ordenó el traslado de los referentes de la agrupación Movimiento Ciudadano La Capitana desde la Alcaidía Departamental de La Plata “Roberto Pettinato” hacia una Unidad Penitenciaria que cuente con cupos disponibles.
Además, se ordenó la formación de un incidente de morigeración para evaluar alternativas a la detención, aunque el Juzgado de Garantías N°4 de La Plata subrayó la necesidad de mantener la prisión preventiva mientras se desarrolla la instrucción.
Avanza la investigación
Según la investigación que lleva adelante la fiscal Lacki, titular de la UFI N° 2 de La Plata, Rodríguez fue autor material de los abusos sexuales y Silva Muñoz actuó como partícipe necesaria, una figura legal que implica haber contribuido de forma indispensable.

Las primeras denuncias contra ellos se radicaron en 2019, en una causa a cargo de la misma fiscal y del juez Pablo Raele. No había avanzado hasta el año pasado, cuando más mujeres se animaron a contar que también fueron víctimas. Los abusos habrían ocurrido desde 2015 hasta 2023.
El juez Masi, en su fallo, valoró especialmente la coherencia de los relatos de las denunciantes y el contexto de manipulación psicológica en el que se habrían dado los abusos. No solo eran sus referentes políticos y ejercían una superioridad dentro de la estructura del Senado bonaerense, sino que también las sometían con métodos esotéricos, a través de la secta “La Orden de la Luz”.
Tal como reveló Infobae, el modus operandi de los acusados incluía manipulaciones tales como afirmar que Nicolás Rodríguez era sobrino de Cristina Fernández de Kirchner, algo que no se comprobó más allá de sus dichos.
Las víctimas relataron que la relación con los referentes políticos se basó en la confianza y la admiración por su liderazgo, pero que lentamente se transformó en dependencia emocional y aislamiento. La investigación señaló que la estructura del grupo facilitó la comisión de los hechos y que el rol de Silva Muñoz resultó clave para que los abusos continuaran en el tiempo.
La defensa de los imputados, a cargo del abogado Gastón Nicocia, pidió la nulidad de la causa por supuestas irregularidades en la obtención de los testimonios. El juez Masi lo desestimó.

Según resolvió el juez Masi, “Nicolás Rodríguez captaba a chicas jóvenes -de 18 años de edad- les enviaba mensajes, fotos desnudas y videos masturbándose a todas las personas de sexo femenino que empezaban a formar parte de su agrupación; les insinuaba haber tenido sexo con todas y, hacia notar, que las que no habían tenido sexo con él eran obligadas a ello; siempre las víctimas eran encerradas evitando que puedan escapar de la situación y así poder abusarlas, siendo que en los hechos de acceso carnal no utilizaba preservativo y luego de ello, comenzaba a acosarlas y perseguirlas, no dejando que se vinculen con otras personas del sexo masculino, apareciéndose en los lugares donde estaban y hasta en sus domicilios, advirtiendo en la conducta del imputado el mismo modus operandi para ultrajar a sus víctimas”.
Al definir el accionar de Daniela Silva Muñoz, el magistrado resaltó que “era la referente de género de todas las femeninas de la agrupación”. “Sin embargo, en vez de cuidarlas, en clara oposición a las funciones que debería llevar a cabo, esto es, la implementación de la perspectiva de género en políticas y programas, la promoción de la equidad, la erradicación de la violencia de género, el diseño e implementación de campañas de sensibilización y promover el liderazgo y el empoderamiento de las mujeres y asegurar que los datos se analicen con esta perspectiva, persuadía a las integrantes de su agrupación a presentarse en su domicilio o en la propia oficina del Senado, dejándolas encerradas con Nicolás para que éste abusara de ellas, siendo que en otras oportunidades, hasta participaba de los abusos”.
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