Imputaron a un hombre por vender pólvora negra en redes sociales para rituales de “purificación” umbanda

La investigación comenzó con tareas de ciberprevención de la Policía de la Ciudad y derivó en un allanamiento en la localidad bonaerense de Guernica, donde se incautaron cerca de 14 kilos de material explosivo

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Personal de la Policía Federal
Personal de la Policía Federal Argentina secuestró 14 kilos de pólvora negra en una vivienda de Guernica, ofrecidos en redes sociales como parte de un compuesto utilizado en rituales umbanda (Gentileza: Ministerio Público Fiscal / PFA)

La Policía Federal Argentina (PFA) secuestró 14 kilos de pólvora negra en un domicilio de la localidad bonaerense de Guernica, luego de detectar su oferta a través internet bajo el nombre de “fundanga”, un compuesto utilizado en rituales con presuntos fines espirituales y religiosos en el marco del culto umbanda. Tras el hallazgo de la fuerza de seguridad, un hombre quedó imputado por tenencia y comercialización de material explosivo sin contar con la debida autorización administrativa.

El procedimiento en cuestión se llevó a cabo en el marco de una investigación impulsada por la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°7, a cargo de Ramiro González, con intervención del Juzgado Federal N°9, interinamente subrogado por Sebastián Ramos.

De acuerdo con la información publicada en el portal del Ministerio Público Fiscal (MPF), la investigación se inició el 25 de septiembre a partir de tareas de ciberprevención efectuadas por la División Antiterrorismo de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires. Durante esas acciones, se detectó una publicación en la red social Facebook -dentro del sitio de compraventa Marketplace- en la que un usuario ofrecía a la venta “fundanga premium”, un producto compuesto principalmente por pólvora negra, empleado en ritos de carácter espiritual orientados a la “purificación” y la “limpieza”.

A raíz de ese descubrimiento, la fiscalía federal dio intervención al juzgado, que a su vez dispuso la participación del Departamento Unidad de Investigación Antiterrorista (DUIA) de la PFA para profundizar en las tareas investigativas. Entre otras medidas, el juez Ramos ordenó verificar el domicilio denunciado en Guernica con el propósito de constatar la identidad del usuario de la red social y determinar, así, la posible existencia de maniobras relacionadas con la venta ilegal de materiales explosivos.

El fiscal interviniente, Ramiro González
El fiscal interviniente, Ramiro González (Adrián Escandar)

Así, personal de la PFA logró detectar con tareas de campo el domicilio del vendedor, hoy imputado, quien -luego de una consulta encubierta- reconoció dedicarse a la venta del bien en cuestión “por kilo y por encargo”, publicó este miércoles el MPF.

Con esos datos incorporados a la causa, el el magistrado a cargo del Juzgado Federal N°9 ordenó el allanamiento del inmueble, que se concretó el pasado 16 de octubre. En ese lugar se incautaron un total aproximado de 14 kilos de pólvora negra, un teléfono celular, una balanza digital, un trompo mezclador y otros elementos de posible interés para la causa.

Una vez cumplidas las medidas ordenadas, y debido a que los hechos ocurrieron en Guernica -cabecera del municipio Presidente Perón de la provincia de Buenos Aires-, el juzgado federal porteño dispuso el envío del expeidente a la Justicia Federal de Lomas de Zamora, con competencia en ese distrito, para continuar con el proceso, que ahora incluirá la averiguación sobre el proveedor del material explosivo.

La Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429 aplica a pólvoras, explosivos y afines y establece que la importación, exportación, fabricación, comercialización, tenencia y empleo de esos materiales “sólo podrá ser realizada por agentes inscriptos en el registro”, regulado actualmente por la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC), un ente descentralizado que opera bajo la órbita del Ministerio de Justicia de la Nación.

La norma fija, por otra parte, requisitos de identificación y adecuación para cumplir con la seguridad del producto, y establece que su almacenamiento debe hacerse en locales previamente autorizados al efecto. Asimismo, el artículo 27 dispone: “Queda prohibida la tenencia y portación de pólvoras, explosivos y afines en cualquier forma y lugar, fuera de los casos comprendidos en esta ley y su reglamentación”.

Las actuaciones permanecerán radicadas ante la Justicia Federal de Lomas de Zamora, que deberá definir las próximas medidas en torno a la imputación por tenencia y comercialización de material explosivo sin la debida autorización.

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