La Cámara Federal de Casación Penal revisará el régimen de visitas de la ex presidenta Cristina Kirchner en su prisión domiciliaria. El Tribunal Oral Federal 2 le había puesto un límite de quienes podían ingresar sin autorización al departamento de San José 1.111, en el barrio porteño de Monserrat, pero la defensa de la ex mandataria lo apeló para que sea revocada.
Fuentes judiciales informaron a Infobae que esa apelación fue aceptada hoy por el tribunal oral que la elevó a la Cámara de Casación. En el caso intervendrá la Sala IV que para el expediente de “Vialidad” está integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña. Es el mismo tribunal que antes que la Corte Suprema confirmó la condena de la ex presidenta.
El régimen de visitas es una de las disputas que se generó sobre la prisión domiciliaria de la ex mandataria donde cumple la condena de seis años de prisión en la causa “Vialidad”. Cuando el tribunal oral se la concedió por razones de seguridad le impuso una serie de condiciones. Una de ellas era sobre las personas que podían ir a visitarlas.
Los jueces del tribunal, Jorge Gorini y Rodrigo Giménez Uriburu, ordenaron que Cristina Kirchner tenía que presentar un listado con sus familiares, custodios, médicos y abogados que podían ingresar al domicilio sin autorización. Toda otra persona debía tener autorización de la justicia a pedido de la ex mandataria.
Ese listado fue presentado ayer por la defensa en un pen drive que pidió que sea reservado. Pero los abogados de la ex mandataria, Alberto Beraldi y Ary Llernovoy, objetaron que se le ponga un límite a las visitas. Le pidieron al tribunal una reconsideración de su decisión o en caso contrario que apelaban a Casación.
“Quienes cumplen su pena en un domicilio particular pueden desarrollar todas las actividades que no se encuentran prohibidas por la ley”, sostuvo la defensa en su planteo y agregó que “la normativa vigente no faculta a los jueces a imponer reglas de conducta adicionales a las personas que cumplen su pena bajo la modalidad de arresto domiciliario, más allá que el acatamiento estricto y riguroso de la privación de la libertad. Tal potestad complementaria no está expresamente prevista en ninguna disposición legal o reglamentaria”.

Pero fue rechazado por los jueces. “Se advierte, en primer lugar, que la parte exterioriza un total rechazo de una de las pautas de conducta que se estableció en el resolutorio del pasado 17 de junio, mas no logra conmover el razonamiento y los fundamentos que fueron brindados por los suscriptos para proceder como lo hicimos”, resolvieron los magistrados y además agregaron que la objeción fue planteada fuera de plazo.
Lo que quedó vigente fue la apelación, en la que ahora intervendrá la Cámara de Casación. El tribunal podría tener que resolver otras cuestiones. Una es la propia prisión domiciliaria y la segunda es el uso de la tobillera electrónica.
Los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola se habían opuesto a la prisión domiciliaria de la ex presidenta. En su dictamen habían señalado que “no se advierten las razones humanitarias que justifican conceder una medida excepcional” como esa. Y agregaron: “no se encuentran configuradas ni esgrimidas razones de salud o personales que, vinculadas a la edad, permitan inferir que el encierro carcelario pueda afectar el derecho a un trato digno o humanitario reconocido a las personas privadas de su libertad”.
Y la defensa de Cristina Kirchner había pedido que no se le coloque una tobillera electrónica porque la ex presidenta tiene custodia oficial que puede garantizar que no se vaya del domicilio. Pero el tribunal oral ordenó que use ese monitoreo electrónico que le colocaron la semana pasada.
Tanto la Fiscalía como la defensa están dentro del plazo habilitado para apelar ante Casación.
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