El Senado de la Nación se reunirá hoy con la expectativa de aprobar el proyecto de Fecha Limpia: la iniciativa que prohíbe a quienes tengan condenas por corrupción ser candidatos a cargos nacionales. Pero esa normativa ya rige en nueve provincias del país y con legislaciones más restrictivas que las que tratará hoy la cámara alta.
Las jurisdicciones que ya tienen Ficha Limpia son: Chubut, Mendoza, Salta, Jujuy, San Juan, Santa Fe, Río Negro, Córdoba y Neuquén. La primera fue la provincia chubutense en 2020. Y también rige en algunos municipios bonaerenses como Bahía Blanca y Mar del Plata.
Ahora, los senadores buscarán aprobar una legislación similar a nivel nacional. Sin embargo, este proyecto cuenta con varias diferencias de lo que ya se aplica en algunas provincias, donde hay leyes que son mucho más restrictivas y, en algunos casos, no solo es para los cargos electivos ni delitos de corrupción.
El proyecto que tratará hoy el Senado -fue aprobado en febrero pasado por la Cámara de Diputados- establece que una persona con condena confirmada en segunda instancia por delitos de corrupción no podrá presentarse a un cargo electivo nacional. Solo alcanza a delitos contra la administración pública como cohecho, enriquecimiento ilícito, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, negociaciones incompatibles, administración fraudulenta, entre otros.
La iniciativa también establece que la prohibición para ser candidato es por el tiempo que dure la condena o hasta que sea revocada y se aplicará para las personas cuya condena sea confirmada antes del cierre de los padrones electorales provisorios, que es 180 días antes de la elección. Si la confirmación de la condena llega después, la prohibición regirá para la siguiente elección.
Pero también el proyecto impide a quienes tengan una pena confirmada por delitos de corrupción ser funcionarios del gobierno nacional. Concretamente, no podrán ser designados jefe de gabinete, ministros, secretarios, subsecretarios, autoridades de entes y organismos descentralizados e instituciones de la seguridad social, integrantes de cuerpos colegiados o personal diplomático directores de empresas o entes con participación estatal.
Estos cambios se aplicarán modificando la ley de partidos políticos que establece los requisitos para ser candidato.

La gran expectativa política es que si el Senado convierte en ley Ficha Limpia la ex presidenta de la Nación, Cristina Kirchner, no podrá ser candidata en los comicios legislativos nacionales de octubre porque tiene confirmada en doble instancia la condena por el caso Vialidad, ahora bajo revisión de la Corte Suprema de Justicia. Pero sí podría ser candidata en las elecciones de septiembre de la provincia de Buenos Aires porque ese distrito no hay una normativa similar que se lo prohíba.
Gran parte de esa legislación ya se aplica en las nueve provincias donde rige Ficha Limpia, pero con una reglamentación más amplia. En esos distritos la prohibición no alcanza solo para ser candidato, sino también para ser autoridad de un partido político o para ocupar cargos en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, por lo que el requisito de no tener condena se da en todos los poderes del estado provincial.
También es más amplia la lista de delitos. En algunas provincias alcanza a todos los delitos dolosos, es decir, el que se comete con la intención de llevarlo a cabo. En otras se establece específicamente que Ficha Limpia también es para narcotráfico, delitos económicos, todos los tipos de homicidio, delitos sexuales, contra menores de edad, de lesa humanidad.
Inclusive, Santa Fe y Neuquén aplican Ficha Limpia para las personas que sean deudores alimentarios y para quienes estén inscriptos en el registro de violencia familiar y de género.
Mendoza es una provincia que decidió legislar esta normativa por fuera de la política. A fin de año, la Cámara de Diputados de la provincia aprobó una ley por la cual estableció Ficha Limpia para el personal docente y no docente. Así no podrán trabajar en el sistema educativo quienes tengan condena por delitos contra la integridad sexual, supresión y suposición del estado civil y de la identidad y delitos contra la libertad individual.

El proyecto que tratará hoy el Senado establece que se aplique este criterio mientras dure la condena. Sin embargo, algunas jurisdicciones legislaron con un criterio más duro. Salta fijó que sea por lo que dure la condena y la mitad más del tiempo de esa condena; Santa Fe estableció el plazo de la condena y 10 años más desde que quede firme; y Río Negro aprobó que la prohibición sea por 25 años para los casos de corrupción.
En tanto, el caso de Jujuy con esta norma cuenta con solidez, ya que la incluyó en la reforma constitucional que llevó adelante en 2023. Un camino similar quiere seguir el gobernador de Santa Fe, Maximiliano Pullaro, en la discusión que se viene para cambiar la carta magna provincial este año.
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