
El juez federal de San Juan, Leopoldo Rago Gallo, procesó con prisión preventiva a tres hombres por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual y ordenó trabar un embargo sobre sus bienes hasta alcanzar la suma de 10 millones de pesos para dos de los imputados en grado de coautores -uno de ellos, abogado-, y de 3 millones de pesos para el tercero, considerado partícipe necesario. Están acusados de haber engañado con falsas ofertas laborales al menos a 21 mujeres en situación de vulnerabilidad, para luego explotarlas sexualmente en estudios webcam a través de una empresa denominada “Belle Argentina”.
Según informó la página de noticias de la Procuración, la resolución fue dictada en línea con el pedido realizado por el fiscal general Francisco Maldonado, el fiscal federal Fernando Alcaraz y la fiscal cotitular de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), Alejandra Mángano.
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En el marco de la investigación, los dos principales imputados fueron identificados como dueños de la empresa y de diferentes domicilios ubicados en la capital de la provincia de San Juan donde habrían entrevistado, acogido y explotado sexualmente a las víctimas. El tercer imputado está acusado de oficiar de “monitor” de las víctimas durante los streamings eróticos. En su resolución, el juez indicó que el capital producido por las víctimas supera los 141 millones de pesos netos de ganancias generado en un plazo de dos años, aproximadamente, lo que equivale a un promedio de 6 millones de pesos de ingresos mensuales.
Infobae había revelado el año pasado una operatoria similar: una investigación de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, al mando del juez Sebastián Casanello y el fiscal Ramiro González, que llevó tres años y derivó en la acusación contra 17 personas tras una serie de allanamientos en la Capital Federal, Gran Buenos Aires y Rosario. Allí la mayoría de las víctimas era en su mayoría mujeres de nacionalidad argentina, colombiana y venezolana, que eran explotarlas sexualmente a través de la producción de fotografías y transmisiones en vivo -vía streaming-.
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Aquí todo se centró en San Juan. La pesquisa se había iniciado el 29 de marzo del 2022, luego de una denuncia anónima formulada en la División de la Unidad Operativa Federal San Juan de la Policía Federal sobre la existencia de una página publicitaria en la red social Facebook de la empresa “Belle Argentina – Estudio de Modelaje WebCam”, que se promocionaba como una franquicia única en la provincia. La publicidad ofrecía trabajo en la industria del modelaje mediante cámaras web “de forma segura, legal y profesional” para mujeres de 18 a 45 años.
La persona denunciante detalló además que se había enterado de su existencia por una mujer de su entorno que se dedicaba al “sexo virtual”, con el uso de juguetes controlados a la distancia por los clientes de distintos países, y por el cual le pagaban en dólares. Señaló que “la puerta de ingreso al lugar se encontraba con candado el cual es abierto por uno de los dueños” y que solo podía ingresar o salir de allí personal que estuviera autorizado por aquellos. Detalló que el horario de trabajo era de 16.00 a 22.00, de lunes a sábados, y que “el sexo virtual es ofrecido en distintas plataformas virtuales, las cuales se encuentran bloqueadas para acceso en Argentina y sólo se puede si se utiliza un VPN” (una red privada virtual).
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Debido a la complejidad y la sofisticación de los medios empleados para la explotación de las mujeres en el caso, la fiscalía requirió autorización judicial para el uso de la técnica del agente revelador prevista en el artículo 5° de la ley 27.319, que consiste en que un miembro de fuerzas de seguridad simule un interés y/o ejecute o participe de una actividad del grupo criminal investigado “con la finalidad de identificar personas implicadas en un delito, detenerlas, incautar bienes, liberar a las víctimas o de recolectar material probatorio que sirva para el esclarecimiento de los hechos ilícitos”.
Tras esa medida, se ordenaron que una serie de allanamientos que finalmente se llevaron a cabo el 3 de julio pasado en cinco domicilios particulares, donde se secuestraron monitores, webcams, celulares, preservativos, cocaína, pendrives, entre otros documentos de interés para la causa.
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Según se pudo determinar, la captación se llevó a cabo a través de ofertas laborales engañosas publicadas en redes sociales, en las cuales se mencionaba la búsqueda de “talentos” para todas aquellas mujeres que quisieran dar “un giro en su vida”. Las mujeres que aplicaban para esa oferta eran entrevistadas por los principales imputados y en ese momento tomaban conocimiento que el ofrecimiento estaba vinculado a realizar streamings eróticos para usuarios de diferentes países del mundo a cambio de quedarse con el 50% del dinero producido -en dólares- en esas transmisiones.
Luego, las víctimas recibían un “kit de iniciación” que constaba de diferentes tipos de objetos sexuales, como vibradores, lubricantes y dildos de diferentes tamaños para su utilización durante los actos sexuales. Se instalaban en los estudios de grabación de la empresa “Belle Argentina”, ubicados en la calle Güemes 4 Sur y en dos departamentos en los que algunas de las víctimas residían de manera permanente, por no tener otras posibilidades a partir de sus vulnerabilidades socio económicas. Allí debían “pagar” su estadía mediante actos sexuales y no con dinero. El pago se realizaba por semana o quincena, dependiendo de la elección de la víctima; los dos principales imputados usaban una serie de excusas para incumplir con la promesa de pago del 50% y les entregaban el 20%. Los denominados “clientes” abonaban a través de “tokens” y/o criptoactivos mediante diferentes billeteras virtuales.
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Según se informó, las plataformas para la interacción tenían como común denominador la exigencia de un tiempo mínimo de ocho minutos, por los que se abonaban unos 200 tokens, lo cual equivalía a la misma cantidad en dólares. La explotación sexual tuvo lugar a través del empleo de un sistema de amenazas, manipulaciones y descuentos, pues los imputados exigían un “estándar” de ganancias a cambio de continuar en la tarea e imponían descuentos por los “kit de iniciación” y también por supuestos consumos y gastos realizados en el comercio de uno de los imputados. También se hallaron registros de descuentos por horas incumplidas, multas y faltas contabilizadas, por encontrarse con su período, o por licencia médica, cansancio y llegadas tarde.
Al dictar los procesamientos, el juez consideró que las mujeres “eran cosificadas y ultrajadas” en forma constante. Especificó que las acciones podían resultar más agresivas cuando un cliente pagaba por una “sala privada”, que abonaba en dólares y por minuto. Se hizo hincapié en que los términos “sexo virtual” o “streaming erótico” son eufemismos para la “oferta de servicios sexuales ajenos, cuyo único propósito era la obtención de ganancias económicas producto del material producido por las víctimas”.
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En tal sentido, el magistrado puso de relieve que la conducta de los imputados “se agrava”, ya que consideró en principio acreditado que “la captación se producía mediante engaño consistente en una promesa laboral falsa” a cambio del “ofrecimiento de grandes rendimientos económicos en dólares, propuesta inicial que no habría sido cumplida por los encausados”. De acuerdo al relato de una de las víctimas, los jefes cobraban en dólares y ellas en pesos pero la conversión siempre en detrimento de las mujeres, quien compartían un contexto socioeconómico complejo”.
Las victimas presentaban “una situación de vulnerabilidad psicosocial, emocional y económica marcada por las escasas o nulas redes de contención, falta de oportunidades laborales y de recursos económicos que les facilitara un ingreso estable y les permitiera progresar en la vida de una forma integral”. “Esta vulnerabilidad de base que presentaban las víctimas habría sido la llave que permitió que soportaran -durante un tiempo determinado- el maltrato y las condiciones de trabajo que resultaron ser muy diferentes a las prometidas”, dijo el juez.
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