Falsificó recetas de psicofármacos y archivaron la causa por su “estado de necesidad exculpante”

El juez Marcelo Martínez De Giorgi cerró un caso en el que la acusada pasaba una situación personal agobiante

Juicio a las juntas Causa 13 Archivo
Los tribunales de Comodoro Py (Luciano González)
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En la sucursal de Farmacity cercana a la esquina en la que la Avenida de Mayo se cruza con la 9 de Julio sospecharon. Una mujer presentó cuatro recetas para comprar psicofármacos en menos de quince días. Todas las recetas estaban firmadas por la misma médica y tenían un sello de una clínica privada.

La situación fuera de lo común fue advertida por la cadena de farmacias a la clínica cuyo sello aparecía en las recetas digitales. Y la clínica inició una pequeña investigación que terminó en una denuncia en uno de los juzgados federales de Comodoro Py por falsificación de recetas.

Primero le preguntaron a la médica que figuraba en las recetas si había firmado las prescripciones de los medicamentos llamados “Alprazolam” y “Venlafaxina” indicados para tratamientos psiquiátricos. La médica lo negó. Dijo que esas recetas eran falsas.

A las autoridades de la clínica no les costó mucho trabajo hallar a la responsable porque su nombre figuraba en la receta como la paciente que compró los medicamentos y desde su teléfono se habían enviado los mensajes de WhatsApp a la farmacia. Era una mujer que había conseguido un trabajo como administradora en la clínica y estaba a prueba. Se la identificará como E.B.

Cuando los responsables de la clínica le pidieron explicaciones, E.B., 46 años y madre de una hija adolescente, renunció y se fue. Fue entonces que la clínica presentó la denuncia por la falsificación de las recetas.

La falsificación de recetas está penada según los términos del artículo 29 de Ley de Estupefacientes. Allí se señala que: “Será reprimido con prisión de seis meses a tres años el que falsificare recetas médicas, o a sabiendas las imprimiera con datos supuestos o con datos ciertos sin autorización del profesional responsable de la matrícula; quien las suscribiere sin facultad para hacerlo o quien las aceptare teniendo conocimiento de su ilegítima procedencia o irregularidad. En el caso que correspondiere se aplicará la accesoria de inhabilitación para ejercer el comercio por el doble de tiempo de la condena”.

La denuncia se presentó el año pasado y le tocó por sorteo al juez Marcelo Martínez De Giorgi con la intervención del fiscal Gerardo Pollicita. El caso comenzó y fue citada a declarar la médica cuyo nombre aparecía en las recetas digitales denunciadas como falsas.

La médica relató en el juzgado que el mismo día que E.B. presentó su renuncia a la clínica, le envió un audio de WhatsApp de seis minutos de duración. Allí le contó la situación que vivía por entonces. Según la médica, E. B. le había dicho que “estaba pasando por un momento personal muy complicado, que a la hija le habían diagnosticado esquizofrenia o trastorno de la personalidad y que ella misma venía con tratamiento psiquiátrico desde principio de año y que como no tenía plata para pagar a su psiquiatra para que le haga sus recetas, entonces optó por falsificarlas”. La médica explicó también que el sello usado por E.B. para las recetas estaba siempre a una oficina de libre acceso a los que trabajaran allí.

La médica además dijo que E. B. le había mandado las recetas originales firmadas por su psiquiatra que efectivamente le había recetado los medicamentos en cuestión.

El juez federal Marcelo Martínez De Giorgi
El juez federal Marcelo Martínez De Giorgi

El juzgado recibió el audio que E. B. le había enviado a la médica. En la resolución firmada por Martínez De Giorgi a la que accedió Infobae a través de fuentes judiciales, se la describe la voz de la investigada como: “La de una mujer ostensiblemente angustiada”. En aquel audio: “Se advierte el reconocimiento del hecho y un absoluto arrepentimiento por parte de la nombrada, quien, entre llantos, le pidió reiteradamente perdón a la médica…por la conducta realizada”.

La mujer contó en el audio enviado a la médica para disculparse: “Le dio mucha vergüenza pedirles a las médicas que le hicieran las órdenes porque consumía antidepresivos y ansiolíticos, y estaba a prueba en ese nuevo trabajo”. En ese largo mensaje E.B. había dicho que no quería que la trataran de “loca” en su trabajo y que la señalaran además por el hecho de tener una hija menor de edad internada por problemas psiquiátricos.

En la resolución por la que Martínez De Giorgi dictó el archivo de la causa el juez señaló que: “Se evidencia por parte de la nombrada un claro arrepentimiento por la conducta desarrollada, a tal punto que la llevó a renunciar a su trabajo; agregando que jamás tuvo intención de perjudicar a nadie con su accionar. Tampoco se advierten indicios ni elementos probatorios como para suponer que E.B. se dedicara a la comercialización o tráfico de medicamentos en el mercado negro. En este sentido, la escasa cantidad de medicación consignada en las recetas -psicofármacos que a su vez coinciden con los recetados originalmente por su médica psiquiatra- y el contexto de circunstancias que rodea la situación, dan cuenta de que los medicamentos tenían como único destino su consumo personal. En definitiva, … se advierte que E.B. simplemente actuó bajo un estado de necesidad exculpante, guiada por el estigma y los prejuicios sociales existentes con relación a las enfermedades mentales y aquellas personas que las padecen”.

El juez explicó que: “Luce evidente que E.B. se encontraba bajo una situación de conflicto, en la que carecía de recursos económicos para costearse la consulta con su psiquiatra -circunstancia acreditada a través de los documentos enviados por la nombrada a la testigo por WhatsApp-; con una hija de catorce (14) años internada que se autolesionaba y a su vez, con el riesgo de perder su trabajo y/o ser estigmatizada por su condición de paciente psiquiátrica en el ámbito de trabajo donde se encontraba a prueba por seis meses”.

El juez en la resolución cita partes del mensaje que E.B. le envió a la médica en las que se relatan situaciones muy personales y que hablan de cuestiones muy íntimas que Infobae no reproduce para evitar invadir la privacidad de la mujer que fue desvinculada del caso.

Luego de reseñar el mensaje el juez dijo que: “Parece muy difícil exigirle a una mujer, inmersa en ese delicado contexto de circunstancias y en clara situación de vulnerabilidad, que actúe motivada en la norma, conforme a derecho. En otras palabras, en el caso se reprueba y declara socialmente dañoso el proceder de la nombrada, por poner en peligro el bien jurídico protegido por la Ley 23.737 -salud pública-; pero lo cierto, es que éste se encontraba en colisión con el riesgo a la pérdida de su fuente de ingresos. Consecuentemente, su espacio de autodeterminación se observa notablemente constreñido, a partir de la falta de dinero, una hija menor de edad internada, su dependencia a psicofármacos y el riesgo de perder su fuente laboral, que evidentemente pretendía salvaguardar o preservar”.

El juez agregó en el fallo dictado con perspectiva de género que: “Se advierte que atribuirle responsabilidad a la nombrada en este caso en particular, y por las circunstancias antedichas, implicaría una habilitación del ejercicio del poder punitivo desproporcionada, y desprovista de racionalidad y sentido. Por lo demás, se observa notoria en el caso la presencia de un supuesto de culpabilidad por vulnerabilidad, por pertenecer la nombrada a grupos de vulnerabilidad extrema, por su condición de paciente psiquiátrica y mujer “.

Martínez De Giorgi concluyó que: “Así las cosas, no obstante hallarse acreditado que la E.B. utilizó varias recetas médicas falsas para obtener medicamentos, no puede ser responsabilizada penalmente si aquélla era al momento de los hechos, una paciente que dependía del consumo de psicofármacos -circunstancia que se infiere, no sólo por haber aportado ella misma una receta original de su médico psiquiatra, sino también por la escasa cantidad de psicofármacos consignados en las recetas cuestionadas-; a lo que corresponde adicionar el contexto de circunstancias anteriormente apuntadas con respecto a su hija menor de edad. No debe soslayarse en el caso el estigma y los prejuicios sociales existentes con relación a las enfermedades mentales, que terminan produciendo que aquellas personas que las padecen sean discriminadas y excluidas; máxime cuando, como en este caso, quien la padece además es una mujer.

La mujer falsificó las recetas y eso es delito. Sin embargo el juez decidió archivar la causa debido a la situación del “estado necesidad exculpante” por el que estaba pasando cuando sucedieron los hechos.

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