
El Tribunal Supremo Electoral de Guatemala aprobó un régimen especial de compras por excepción para preparar las Elecciones Generales de 2027, una decisión que busca acelerar contrataciones y adquisiciones ante plazos que el propio organismo considera incompatibles con la logística de un proceso en el que el país elegirá presidente, vicepresidente, diputados y corporaciones municipales.
La medida quedó establecida en el Acuerdo 243-2026, publicado en el Diario de Centro América el martes 28 de julio de 2026. La resolución había sido adoptada el 15 de julio en la sede del tribunal y entró en vigor de inmediato.
El acuerdo no solo habilita la modalidad de excepción prevista en la ley, sino que fija un procedimiento administrativo de ocho pasos para ordenar cada compra, desde la recepción de la requisición hasta la aprobación de las actas de recepción y su traslado al trámite de pago.
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El objetivo es mantener trazabilidad en expedientes que, por la naturaleza del calendario electoral, deberán resolverse con mayor rapidez que en los mecanismos ordinarios.
La base legal invocada es el artículo 44, literal f), de la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto 57-92, que permite a las instituciones públicas adquirir bienes, suministros y servicios bajo esa modalidad durante el ejercicio fiscal en que se celebren elecciones o consultas populares.
El tribunal también apoyó su decisión en varios artículos de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, Decreto 1-85 y sus reformas, que le reconocen independencia económica y funcional, además de la facultad de elaborar y ejecutar su propio presupuesto.
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El TSE argumentó que los plazos ordinarios no se ajustan al calendario electoral
El acuerdo reconoce que los tiempos de los procedimientos de cotización y licitación regulados en Guatecompras no resultan idóneos para atender las necesidades operativas de una elección general.
Sobre esa base, el tribunal resolvió activar el mecanismo de excepción para asegurar que las adquisiciones se concreten con la oportunidad que exige la organización del proceso.
La propuesta fue presentada por Andrés Estuardo Chávez Gordillo, director administrativo del Departamento de Compras y Contrataciones, y Zonia Guadalupe Castillo, jefa II de esa dependencia, mediante el oficio DCC-545-07-2026 del 14 de julio de 2026. Un día después, el pleno de magistrados la aprobó.
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El procedimiento comienza cuando el personal designado recibe la requisición y verifica que el expediente incluya especificaciones técnicas o términos de referencia, constancia de disponibilidad presupuestaria, resolución de autorización y los demás documentos exigidos.
Después, el caso pasa al jefe del Departamento de Compras y Contrataciones, quien debe comprobar que la adquisición encaje en la modalidad de excepción y asignar al analista que seguirá el trámite.
Ese analista gestiona la creación del Número de Operación en Guatecompras, conocido como NOG, y coordina la recepción de ofertas. Luego interviene la Junta Receptora de Ofertas, que evalúa las propuestas, revisa el cumplimiento de las especificaciones técnicas y elabora el acta de adjudicación en hojas móviles autorizadas por la Contraloría General de Cuentas.
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La adjudicación y la recepción de bienes quedarán documentadas en actas autorizadas
La recomendación de adjudicación se eleva al presidente del tribunal o al pleno de magistrados, según el ámbito de competencia aplicable. Una vez emitida la aprobación, el Departamento de Compras y Contrataciones genera la orden de compra, el contrato o el documento que formalice la operación.
La siguiente fase queda a cargo de la Comisión Receptora y Liquidadora, que recibe los bienes o servicios, verifica el cumplimiento de las condiciones pactadas y redacta el acta de recepción y liquidación. El proceso concluye cuando el presidente del tribunal o el pleno conoce y aprueba esas actas y el expediente pasa al pago correspondiente.
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Según el acuerdo publicado por el medio oficial, todas las adquisiciones bajo esta modalidad deberán respetar principios de transparencia, eficiencia, eficacia y calidad del gasto público.
El texto también ordena incorporar acciones de publicidad para ampliar la participación de proveedores y oferentes, conforme a la Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento.
El documento prevé además el nombramiento de Juntas Receptoras de Ofertas y de Comisiones Receptoras y Liquidadoras, con la posibilidad de que esas instancias tengan carácter permanente durante procesos electorales o consultas populares.
El Departamento de Compras y Contrataciones, en coordinación con esos órganos, será responsable de elaborar y resguardar las actas respectivas bajo control de esa dependencia.
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Las elecciones de 2027 en Guatemala abarcarán la designación de presidente y vicepresidente de la República, diputados al Congreso, diputados al Parlamento Centroamericano y corporaciones municipales en todo el país, una escala operativa que el TSE busca cubrir con anticipación mediante este esquema excepcional de contratación.
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