València, 20 oct (EFE).- La defensa de la exconsellera valenciana de Justicia e Interior, Salomé Pradas, ha rechazado varias alegaciones formuladas por el otro procesado en la causa por la gestión de la dana, el exsecretario autonómico Emilio Argüeso, a quien señala como responsable de la emergencia hasta que se elevó a nivel 2, alrededor de las 19 horas del 29 de octubre de 2024.
En un escrito al que ha tenido acceso EFE, la defensa de Pradas pide a la jueza de Catarroja que desestime el recurso de Emilio Argüeso en el que señalaba que ella tenía las competencias como mando único.
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Pradas sostiene que esas afirmaciones son "jurídicamente inadmisibles" y niega que ella ostentase "un monopolio exclusivo" del Es_Alert.
En un escrito de 14 páginas, el letrado Pedro Colina ha solicitado que se impugne el recurso de apelación interpuesto por Argüeso contra el auto de la magistrada del pasado 13 de octubre.
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En este recurso, la defensa del exsecretario defendió que Argüeso carecía "de habilitación legal y competencia propia para convocar o constituir el CECOPI", así como el control sobre el Es_Alert, porque "la potestad para declarar el Nivel 2 de emergencia y dictar la orden de constitución del CECOPI correspondía a la consellera", en su condición como "de Directora del Plan y Mando Único".
Sin embargo, la defensa de Pradas alega que la persona encargada durante la preemergencia y las situaciones 0 y 1 era Argüeso, por ser director de la AVSRE (Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias), y que la situación 2 "se declaró progresivamente y no alcanzó toda la provincia de Valencia hasta las 19.00 horas, por lo que la atribución de competencias debe realizarse atendiendo al territorio, la hora y la situación efectivamente declarada".
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Por eso, sostiene que el recurso de Argüeso parte de una interpretación "jurídicamente inadmisible" y que "no es "jurídicamente correcto tratar toda la jornada como si la provincia hubiera estado sometida desde primera hora a una situación 2 generalizada y como si, en consecuencia, la dirección operativa hubiera correspondido exclusivamente a la consellera".
Por otra parte, la defensa de Pradas reitera que seguirá manteniendo que "cabe el sobreseimiento y archivo de las actuaciones respecto a ambos investigados, ya que, de la valoración conjunta de las diligencias practicadas resulta la inexistencia de los presupuestos necesarios para atribuirles responsabilidad penal". EFE
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