Un juez suspende la resolución que excluyó a la candidatura 'Todos COAM' de las elecciones del COAM

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La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Madrid ha acordado suspender cautelarmente los efectos de la resolución de la Mesa Electoral del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid (COAM) que rechazó la candidatura 'Todos COAM' para las elecciones celebradas el 27 de mayo de 2025.

El auto, al que tuvo acceso Europa Press, estima así la medida cautelar solicitada por los integrantes de la candidatura, que recurrieron la resolución de 10 de junio de 2026 por la que la Mesa Electoral había desestimado su reclamación contra la decisión inicial de 5 de mayo de 2025 de no proclamar su candidatura.

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Según informa el COAM, la citada resolución fue utilizada por el presidente de la Mesa Electoral para proclamar a 'Nexo COAM', "obviando el resultado previamente certificado por la propia Mesa, que había otorgado la mayoría absoluta de los votos a Todos COAM, candidatura encabezada por Sigfrido Herráez". A esta proclamación siguió la toma de posesión realizada unilateralmente por 'Nexo COAM'.

El nuevo auto considera plenamente aplicables los argumentos establecidos previamente por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y determina que debe mantenerse lo ya decidido "por evidentes razones de seguridad y coherencia jurídica", sin que ello implique prejuzgar el fondo del asunto.

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MANTENER LA CANDIDATURA

En aquella resolución, el TSJM consideró que la cuestión de fondo, relacionada con la interpretación del artículo 30 de los Estatutos del COAM, no era "sencilla o evidente" y entendió que, ante las dudas existentes, la ponderación de los intereses debía inclinarse por mantener la candidatura y permitir que sus integrantes concurrieran al proceso electoral.

El TSJM ya había considerado prudente mantener la candidatura de 'Todos COAM' y permitir su concurrencia a unas elecciones que posteriormente se celebraron.

Asimismo, señaló que el derecho de los colegiados a concurrir a los órganos de gobierno debe interpretarse de manera amplia y favorable a la participación, y no a impedirla.

La decisión judicial se produce, además, un día después de que la Comunidad de Madrid suspendiera el plazo para resolver la solicitud de inscripción de la Junta de 'Nexo COAM', que no ha sido inscrita.

La Administración considera indispensable esperar al pronunciamiento de los tribunales antes de admitir cualquier cambio en la Junta de Gobierno del Colegio.

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