Técnicos Hacienda: posibles delitos de joyas pueden haber prescrito si son anteriores 2021

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Madrid, 12 jun (EFE).- Los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) han señalado que la investigación penal por las joyas halladas en la oficina del expresidente José Luis Rodríguez Zapatero está condicionada por los plazos y que los posibles delitos pueden haber prescrito si la obligación de declararlas surgió antes de junio de 2021.

El secretario general de Gestha, José María Mollinedo, ha explicado en una nota difundida este viernes las posibles consecuencias fiscales después de que el juez de la Audiencia Nacional, José Luis Calama, haya abierto una pieza separada del caso Plus Ultra para investigar al expresidente del Gobierno por delito fiscal y contrabando en relación con las joyas halladas en su despacho y valoradas en 1,3 millones.

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Para empezar, Gestha recuerda que cualquier bien de alto valor debe declararse obligatoriamente en los impuestos que correspondan al caso, ya sea sucesiones, donaciones, en las declaraciones aduaneras o, si se está obligado, en el de patrimonio.

Mollinedo detalla que las joyas u otros bienes de valor relevante deben incluirse en la declaración del Impuesto sobre Sucesiones en caso de herencia, o en el Impuesto sobre Donaciones si se trata de un regalo.

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No obstante, precisa que la cuota tributaria depende de factores como el importe en la fecha en que se acepta la herencia o regalo, el parentesco de quien se hereda o de quien regala, la escala de gravamen y bonificaciones de la comunidad autónoma o el patrimonio previo del contribuyente.

El secretario general de Gestha sostiene que si las piezas proceden de una herencia o de un regalo hay que presentar una declaración fiscal en el momento en que se reciben, y "que su correcta imputación temporal es clave para determinar la prescripción o las obligaciones tributarias o penales".

En este sentido, Mollinedo echa en falta la atribución de los años concretos a los impuestos relacionados con los hechos que van a ser investigados en la pieza separada.

En cualquier caso, señala que la investigación penal estaría condicionada por los plazos de prescripción.

En términos generales, si el plazo de declaración de la adquisición de los bienes se produjo antes del 11 de junio de 2021, añaden, la responsabilidad penal podría estar prescrita y no se podría investigar.

"Esta prescripción sería fácil de determinarse con la fotografía, certificado de autenticidad o seguro contratado de las joyas que sea más antiguo", explica.

En el caso del eventual contrabando, mantiene que sólo podría existir delito si las joyas las trajo personalmente desde un país tercero y no presentó la declaración aduanera en el primer puerto o aeropuerto de entrada al territorio aduanero común, al superar el importe de las franquicias del régimen de viajeros.

En cualquier caso, el eventual delito de contrabando también estaría prescrito si el plazo de declaración de la importación fue anterior al 11 de junio de 2021.

Mollinedo explica que uno de los aspectos que justifica la apertura de la pieza separada es la falta de trazabilidad del origen de los bienes y advierte de que el expresidente debe acreditar la titularidad, el origen y la fecha de las joyas.

En este sentido, explica que si no se pueden imputar de 2021 a 2024, Rodríguez Zapatero "no tendría ninguna consecuencia, pues deberá declararlo en el IRPF de 2026 que se presentará entre abril y junio del año que viene".

También considera poco probable la existencia de un delito fiscal relacionado con el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales o con el IVA, ya que esos tributos afectan principalmente al comprador concreto de cada operación o, en el caso del IVA, al vendedor. EFE

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