Condenados a 17 y 27 años de cárcel padre e hijo que dispararon a miembros de otro clan

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Madrid, 31 may (EFE).- La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a 17 y a 27 años de cárcel a un padre y a un hijo acusados de asesinar a un miembro de otro clan familiar y de tratar de matar a otras cuatro personas disparándoles desde una ventana en el distrito madrileño de Carabanchel el 17 de julio de 2023.

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), el magistrado ha dictado sentencia siguiendo el criterio del jurado popular y condena a Juan Pedro M.A. a 27 años y seis meses de prisión por el asesinato consumado de Antonio B.B. y por cuatro delitos de asesinato en grado de tentativa.

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La sentencia también le condena a un año y medio por tenencia ilícita de armas.

A su padre, Pedro M.M., le condena a 17 años y seis meses de cárcel: cuatro años por cada uno de los cuatro asesinatos en grado de tentativa y a un año y medio por tenencia ilícita de armas. Y le absuelve del delito de asesinato consumado que se le atribuía al inicio del juicio.

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La sentencia aprecia en ambos casos la eximente incompleta de legítima defensa.

La sentencia concluye que los acusados actuaron en el contexto de un conflicto previo entre ambas familias y que la agresión se desencadenó cuando varios miembros del otro clan acudieron frente al domicilio de los procesados para pedir explicaciones y exigir que cesaran las amenazas que, según denunciaron, venían sufriendo.

Uno de estos implicados llamó entonces a Pedro M.M., conocido como Perico, para pedirle que bajara a hablar, pero el acusado apareció en una de las ventanas de su casa armado con un revólver, mientras que su hijo Juan Pedro lo hizo desde otra habitación portando una pistola semiautomática.

Ambos comenzaron a disparar de forma repentina contra las personas que se encontraban en la calle, efectuando al menos diez disparos contra el grupo.

Dos de los proyectiles disparados por Juan Pedro impactaron en Antonio B.B. por la espalda y le causaron la muerte.

Los otros disparos no causaron heridas al resto de personas congregadas frente a la vivienda de los acusados, según la sentencia, que detalla los indicios y pruebas recabados por la Policía.

El tribunal aprecia para los acusados la eximente incompleta de legítima defensa al constatar que la otra familia acudió "gritando y amenazando", lo que generó un intenso temor en los acusados y en los familiares que se encontraban dentro de la vivienda.

El jurado también declaró probado que, una vez que el fallecido cayó al suelo, una persona no identificada situada entre el grupo que estaba en la calle llegó a efectuar disparos hacia el edificio.

La Audiencia argumenta que se trató de un asesinato y de cuatro intentos de asesinato porque hubo alevosía: las víctimas fueron sorprendidas sin posibilidad real de defensa, ya que los disparos se produjeron de manera inesperada desde una posición elevada y protegida. EFE

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