Condenado a diez años de cárcel por abusar de una sobrina cuando tenía nueve años

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La Audiencia de Málaga ha condenado a diez años de cárcel a un hombre por abusar sexualmente de su sobrina en 2002, cuando esta tenía en nueve años, aprovechándose de la relación de confianza y de la vulnerabilidad de la entonces menor.

Según se considera acreditado en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el acusado, tío político de la mujer, a lo largo de varios meses durante 2002, sin poder concretar fechas, se aprovechó de la relación "de superioridad y confianza" que tenía con su sobrina, que en ese momento contaba tan sólo con nueve años, "con intención de satisfacer sus deseos sexuales".

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Así, en diversas ocasiones, sin que sea posible concretar número determinado, realizó varios actos de carácter sexual con la menor, "sin su consentimiento", a la que decía frases como "esto es un juego, es como las películas, no se lo cuentes a nadie, es un secreto grande y no puede saberlo nadie", además de "no te van a creer y se van a enfadar contigo", recoge la resolución.

Todos los hechos ocurrieron durante varios meses, hasta que la menor decidió, repentinamente, dejar de acudir al domicilio del acusado, sin que en ese momento ofreciera explicación alguna a sus padres, porque "no deseaba perjudicar a la unidad familiar, en la que existían estrechos lazos de unión". No fue hasta en 2020 cuando interpuso querella por estos hechos.

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La Sala considera probado, igualmente, que la mujer, a consecuencia de estos hechos, ha necesitado tratamiento psicoterapéutico desde marzo de 2017, sufriendo un trastorno de estrés postraumático crónico.

Por estos hechos, se le condena por un delito de abuso sexual continuado, conforme al Código Penal vigente en la fecha de los hechos, y se le impone la pena de diez años de prisión, además de la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros a la víctima por el mismo tiempo.

Tanto la víctima, como su letrado Carlos Andrade, que ha ejercido la acusación particular, se han mostrado muy satisfechos por el dictamen porque "se ha hecho justicia, para que este tipo de personas estén donde tienen que estar, en la cárcel", ha señalado la mujer en un comunicado.

La denunciante, además, como ya hizo tras el juicio, ha reiterado el llamamiento a todas aquellas personas que se encuentren en la misma situación, "para que saquen a la luz estas agresiones y abusos, que denuncien y que estos procesos, aunque sean largos y duros, son muy reparadores".

El abogado de la acusación particular ha destacado "la solidez de la sentencia", especialmente en lo relativo a la valoración de la prueba practicada. En particular, ha subrayado que la resolución otorga plena credibilidad al testimonio de la víctima, lo considera corroborado por elementos periféricos y por la prueba pericial, y descarta la existencia de un móvil espurio en la denuncia.

La sentencia señala que los hechos ocurrían aprovechando el acusado su "indiscutible superioridad física" y añade que la niña "era permanentemente intimidada" con frases para que no contara nada de lo ocurrido, punto en el que analiza el tiempo transcurrido desde los hechos hasta la denuncia.

Al respecto, concluye que ese retraso en denunciar no desvirtúa la credibilidad del testimonio de la víctima, sino que la Sala contextualiza en la naturaleza de los delitos sexuales cometidos en la infancia el que "tardará varios años en poder asimilar lo ocurrido y encontrar las fuerzas necesarias para pedir ayuda, y finalmente para interponer la denuncia que ha dado origen al presente procedimiento".

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