Ruth del Moral
Madrid, 11 may (EFE).- Las universidades españolas, públicas y privadas, deberán dar apoyo psicológico al alumnado y disponer de unidades específicas y de un protocolo de actuación, prevención e intervención ante conductas suicidas: el objetivo es cuidar la salud mental del estudiantado en coordinación con los servicios públicos de cada comunidad autónoma.
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Esta será una de las principales novedades del nuevo Estatuto del Estudiantado Universitario que está en periodo de audiencia e información pública y que sustituirá al de 2010.
El nuevo texto al que ha tenido acceso EFE contempla un extenso capítulo sobre los derechos de los estudiantes y sobre los deberes del sistema universitario.
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Da un peso especial al derecho de la conciliación de los estudios, el paro académico se reconoce como derecho, obliga a las universidades a tener planes específicos contra el acoso personal, sexual o el ciberacoso y a adaptar los planes de estudio, de evaluación y de prácticas al estudiantado con discapacidad o necesidades específicas de apoyo educativo.
- Derecho a recibir asesoramiento sobre la inserción laboral y el futuro profesional de los estudios que se estén cursando.
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- Programas de tutoría permanente para que el estudiantado con discapacidad tenga atención tutorial a lo largo de sus estudios.
- Planes curriculares adaptados, infraestructuras, movilidad nacional e internacional para estudiantes con discapacidad, estableciendo cupos.
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- Las universidades están obligadas a aprobar Normas de Convivencia de obligado cumplimiento y a crear una Comisión de Convivencia paritaria.
- Las universidades facilitarán y promoverán el alojamiento en condiciones de dignidad y suficiencia de sus estudiantes. Podrán disponer de colegios mayores, residencias u otras fórmulas de alojamiento estudiantil mediante convenio con entidades públicas o privadas y con precios "adecuados".
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- Las universidades estarán obligadas a ofrecer información sobre las opciones de alojamiento disponibles, tanto los servicios propios y conveniados, como las bolsas de alojamiento de la ciudad donde se ubique la universidad o de sus localidades próximas.
- Se garantiza que las cuantías de las becas y ayudas se abonen previamente a la realización de la acción de movilidad y los estudiantes participarán en los programas.
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- Los programas de becas comenzarán a tener en cuenta de forma progresiva factores como el coste del alojamiento estudiantil (si el estudio implica movilidad residencial) y las diferencias en el nivel del coste de la vida según la provincia donde se estudie.
- Derecho a la portabilidad de las becas y ayudas de convocatorias nacionales, lo que permite al estudiantado disfrutarlas en todo el territorio nacional con independencia de su lugar de residencia.
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- Para otorgar becas de movilidad se reconocerán no solo las notas sino también el conjunto de actividades desarrolladas, como las microcredenciales.
- Las universidades podrán reconocer hasta con 6 créditos ECTS en los planes de estudios oficiales de grado las actividades de participación social, de cooperación al desarrollo, de sostenibilidad o culturales y artísticas.
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- Reconocimiento de la experiencia laboral o profesional de acuerdo con la normativa vigente que regula los grados y los másteres Universitarios y reconocimiento de la autoría de los trabajos elaborados, incluidas las creaciones literarias y artísticas, durante sus estudios y a la protección de la propiedad intelectual e industrial de los mismos.
- Los trabajos y memorias de prácticas con soporte material único, físico o virtual, serán conservados por el profesorado hasta la finalización del curso siguiente y luego serán devueltos.
- Derecho a cursar estudios universitarios oficiales a tiempo parcial, debiendo las universidades adoptar las medidas que sean necesarias para garantizar su docencia y su evaluación.
- Todas las universidades están obligadas a elaborar Planes Generales de Conciliación, ya sea la enseñanza presencial, híbrida o virtual.
- Los calendarios de exámenes deben tener en cuenta si el estudiante está matriculado a tiempo completo o parcial.
- Derecho del alumno a reprogramar la fecha y hora de las pruebas de evaluación y a justificar la inasistencia a clases en casos concretos, como tener a cargo el cuidado de personas dependientes o por el fallecimiento o enfermedad grave de familiares directos
- Las universidades firmarán convenios de cooperación con empresas, instituciones y entidades, nacionales e internacionales, para garantizar las prácticas académicas externas.
- En estos convenios, si así lo estableciesen las normativas estatales, podrían, en su caso, establecerse mecanismos de compensación al estudiantado de determinados gastos relacionados con el desarrollo de las prácticas, por parte de las entidades correspondientes.
- Derecho a recibir la docencia en la lengua de impartición que se recoge en la guía docente.
- Los servicios de restauración de las universidades, tanto los propios como los de terceros, dispensarán alimentación saludable y adecuada para las personas con necesidades específicas de alimentación. EFE
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